En una sesión que se alargó durante 8 horas, el juez de Control, Luis Flores Santillán, encargado de revisar la causa penal en contra de Noha Alexander S.O., acusado del incendio en la agencia de autos MG de Ejército Nacional, dictó auto de vinculación a proceso penal por el delito de daños agravados.
Al inicio de la sesión judicial se anunció un cambio de juez, dado que Nancy Ordóñez, quien atendió la audiencia inicial, tuvo problemas personales que le impidieron asistir a la sesión de hoy, por esto Flores Santillán se hizo cargo de desahogar la sesión.
Ante tal situación, se reprodujo en la pantalla de la sala la audiencia anterior, cuando el Ministerio Público formuló imputación y presentó los antecedentes de investigación.
Posteriormente, la defensa presentó el testimonio del padre del joven, quien dio una versión alterna a la detención a la narrada por agentes de la Policía Estatal, en la que mencionó que los policías entraron a la fuerza a su casa y se llevaron a su hijo, dañando una ventana y una puerta a su paso.
Además, el defensor cuestionó gran parte de la carpeta de investigación presentada por la representación social, asegurando que la mayoría de las pruebas en contra de su defendido habían sido obtenidas de manera ilícita.
En su resolución, el juez concedió parte de razón a la defensa, señalando que hay algunas irregularidades dentro de la carpeta de investigación, pero que no son suficientes para quitarle valor a los antecedentes presentados por la Fiscalía.
Por lo anterior, permanecía la probabilidad de que Noah Alexander haya sido el principal partícipe en el incendio ocurrido en la agencia de autos ubicada en la avenida Ejército Nacional, que dejó daños superiores a los 2 millones de pesos.
Ante esta situación, dictó el auto de vinculación a proceso penal, fijando un plazo de investigación complementaria de dos meses para que las partes recopilen pruebas de cara a la siguiente parte del proceso penal.
Respecto a la salud mental del imputado, el juez ordenó urgir al director del Hospital Civil Libertad a la realización de las pruebas psicológicas pertinentes para determinar el estado de salud del imputado y si estaba consciente de lo que hacía al momento de haber cometido el delito que se imputa en su contra.
Además, se ordenó que, el resto del proceso penal, el imputado permanezca en una zona aislada, al interior del Centro de Reinserción Social número 3.
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