La realización de retenes por parte de la Guardia Nacional en algunos puntos de la ciudad fue denunciada por ciudadanos que consideran que se trata de una medida que atenta contra los derechos individuales.
Según testimonio de conductores que circularon por avenida De las Torres, entre las calles Montemayor y Niños Héroes, y en la glorieta entre Camino Real y Rancho Anapra, en cada punto había aproximadamente 20 agentes. Los uniformados procedían a realizar revisiones aleatorias a los automóviles y a las personas.
El artículo 16 constitucional establece que nadie puede ser molestado a menos que se expida un mandamiento escrito por parte de una autoridad competente. Ahí se deben fundamentar y aclarar los motivos de la detención. En este caso tendría que ser la autoridad judicial.
Guardia Nacional opta por lo arbitrario
La doctora en derechos humanos Olivia Aguirre dijo en entrevista para Norte Digital que los retenes aleatorios donde se detiene a alguien solo con fines de seguridad y prevención de delitos, son violatorios de los derechos humanos. Sobre todo del artículo 16 constitucional. También señala que la Guardia Nacional, por ley, debe actuar acorde a lo establecido en dicho artículo.
“En la Ley de la Guardia Nacional sí hay disposiciones que establecen su colaboración con los municipios en labores de prevención. Pero también en esa ley, dentro de las obligaciones que tiene la corporación, hay un apartado donde se establece que las detenciones pueden efectuarse siempre y cuando vayan de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 constitucional y el Código Nacional de Procedimientos Penales”.
La abogada comentó que hay muchas maneras para prevenir el delito en cooperación con el Municipio. Sin embargo, se opta por los retenes. Dichas estaciones de revisión propician detenciones arbitrarias, lo cual va en contra de la misma Ley de la Guardia Nacional.
Vulnerar al otro
“Si se le detiene a alguien, se le deben especificar los motivos de la detención y cuáles son los derechos que le asisten. Porque si es únicamente con motivos de revisión, como usualmente se hace, se vulneran derechos como la libertad de tránsito”, señaló la especialista.
Aguirre comentó que la autoridad deben analizar todas las opciones para lograr su objetivo, que en este caso es velar por la seguridad pública. Y solamente si ninguna es viable, se puede recurrir a los retenes, ya que es una medida que vulnera otros derechos.
“Cuando se va a limitar un derecho como la libertad y la libertad de tránsito, porque a fin de cuentas se está deteniendo a alguien sin la orden de una autoridad competente bajo el argumento de que se está protegiendo otro derecho, como la seguridad pública, hay criterios que establecen tribunales constitucionales y también internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, expllicó.
Agregó que al seleccionar medidas para combatir la delincuencia, se debe analizar si la única manera de reducir los delitos es poner retenes. Sin una selección de medios, no se pueden justificar, ya que debe seleccionarse el que menos dañe los derechos humanos.
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