Dos días consecutivos sin operar el servicio de recolección de basura dan motivo a la terminación anticipada o rescisión de contrato de la concesión a PASA. Así lo establece el documento que el Municipio acordó con la empresa, sobre derechos y obligaciones para prestar servicios públicos de aseo urbano.
En la cláusula vigésima tercera del contrato, relativa a la irregularidad en la prestación de los servicios, establece que:
“En caso de que el concesionario no proporcione total o parcialmente en forma recurrente o por más de dos días seguidos el servicio de recolección o traslado de desechos sólidos al relleno sanitario municipal, el Municipio queda facultado para prestar los servicios omitidos, directamente o contratarlo con terceras personas, con cargo al concesionario”.
Cabada no actuó conforme dicta el contrato con PASA
Tras el conflicto interno de la empresa Promotora Ambiental de la Laguna, S.A de C.V. (PASA) que afectó al municipio por la suspensión del servicio 4 días seguidos, el alcalde Armando Cabada no actuó conforme lo faculta el contrato.
Cabada se limitó a decir públicamente que el conflicto laboral de PASA es interno. Y agregó que el Municipio no podía intervenir para resolverlo y restablecer el servicio que afecta a la población fronteriza.
El pasado lunes 6 de agosto un grupo de trabajadores pararon labores por casi 5 horas. Posteriormente iniciaron un paro indefinido que se prolongó por 4 días consecutivos.
De acuerdo con el contrato, “el incumplimiento reiterado de esta prestación dará origen a la rescisión del contrato concesión. Y se procederá a hacer efectiva la pena convencional y se procederá a aplicar las sanciones correspondientes”.
Además, el Municipio podrá exigir la garantía de cumplimiento. También debe responder en todo momento por la responsabilidad civil objetiva que se derive del incumplimiento del contrato.
Vale destacar que es una obligación constitucional del Municipio dar el servicio a la ciudad. Y cuando hay incumplimiento del contrato, debe sustituir al concesionario a su cargo.
No hubo rescición de contrato a PASA
Pese a que el alcalde Cabada está facultado para rescindir el contrato a PASA, y a pesar de que hay suficientes motivos, no lo hizo.
El contrato en su cláusula vigésima tercera relativa a la irregularidad en prestación de servicios establece que “el Municipio queda facultado para prestar los servicios omitidos, directamente o contratarlo con terceras personas, con cargo al concesionario”.
Esta facultad tampoco la asumió el alcalde Cabada. Solo comentó que la Dirección de Servicios Públicos Municipales, recorrería las calles con camionetas y personal para recolectar basura acumulada.
El contrato también faculta al Gobierno municipal para municipalizar la prestación de servicios. Esto, derivado del incumplimiento del concesionario que no lo lleva a efecto de manera regular, continua, uniforme y adecuada.
Al respecto, el director de Servicios Públicos Municipales, Daniel Pando Morales, aseguró a Norte Digital que el Municipio no tiene la capacidad, infraestructura ni personal suficiente para prestar el servicio.
Nadie dijo nada por incumplimiento del servicio
Ante la falta del servicio, el contrato también faculta al Municipio a aplicar las sanciones correspondientes, además de exigir la garantía de cumplimiento. También responder en todo momento por la responsabilidad civil objetiva derivada del incumplimiento del documento acordado y firmado por el representante legal de PASA y los funcionarios del municipio en mayo de 2006.
La pena podrá ser hasta por un importe igual al monto de la contraprestación del mismo mes inmediato anterior. Y se fijará atendiendo a la gravedad de la falta.
La pena se pagará independientemente de que el Municipio realice el servicio omitido.
A este respecto, ni el alcalde Cabada ni los funcionarios, como el secretario del Ayuntamiento o el director de Servicios Públicos municipales, informaron a la comunidad juarense si hicieron valer este derecho frente al concesionario. Lo anterior, debido a que incumplió la obligación pactada en el contrato.
La cláusula vigésima séptima del contrato también establece que el Ayuntamiento podrá autorizar al presidente municipal en turno intervenir en su administración cuando el concesionario no preste eficazmente el servicio por huelga o cualquier otro motivo que se lo impida.
Entre las principales obligaciones que incumplió PASA destaca mantener limpio el municipio. También cumplir fiel y puntualmente con las obligaciones respecto del personal utilizado en la prestación de los servicios del presente contrato concesión.
Además, contar con la existencia necesaria de refacciones, instalaciones, equipo adecuado y personal competente para brindar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos y equipos destinados a prestar el servicio. Entre las principales obligaciones del Municipio destaca vigilar el cumplimiento del buen servicio del concesionario, pero no la cumplieron.
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