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Feria de acordeones y medición de fuerzas en la elección judicial

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Desconoce Cabildo a la Sindicatura y da todos los poderes a la Contraloría como ente fiscalizador

Modifican regidores la Ley Orgánica del Municipio; ahora el presidente municipal será juez y parte en la revisión de la cuenta pública; Cabildo no tiene facultades para quitarle facultades a la Sindicatura, asegura la síndica Leticia Máynez

Por Salvador Esparza García | 5:59 pm 6 septiembre, 2019

El Cabildo de Juárez decidió otorgar mayores poderes a la Contraloría Municipal por encima de la Sindicatura, reconociéndolo como el principal órgano de control interno, lo que podría representar una violación a las leyes vigentes en materia anticorrupción, y de paso incluso desencadenar posibles responsabilidades en contra de los regidores que votaron por tal “reforma”.

Durante la más reciente sesión de Cabildo, y por mayoría de votos de 17 a favor y 2 en contra, el Cabildo de Juárez aprobó una serie de cambios al Reglamento Orgánico del Municipio para hacer modificaciones sobre las atribuciones de la Contraloría municipal.

La reingeniería consiste en darle mayores atribuciones a la Contraloría, pero acotando las funciones de la Sindicatura.

Quiere Cabada ser juez y parte en fiscalización municipal: síndica

Tal aspecto fue interpretado por la síndica Leticia Máynez como la posibilidad de que el alcalde en torno pueda ser juez y parte en los aspectos de fiscalización del ayuntamiento, pues es el presidente municipal quien designa el cargo de contralor, mientras que el de la Sindicatura es por elección popular.

Durante la disusión del tema, Leticia Máynez advirtió a los regidores que en este momento existe una controversia constitucional de la misma administración de Armando Cabada quien llevó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el caso para hacer modificaciones al reglamento orgánico”.

“No podemos pasar por encima del marco legal superior existente”, advirtió la síndica.

“La reforma propuesta aquí sobre las facultades de la Contraloría violenta la Constitución del Estado y las leyes del Sistema Nacional y Estatal Anticorrupción”.

“El artículo 142 bis de la Constitución estatal refiere que la Sindicatura es el órgano interno de control de los municipios. Ese artículo está vigente”, agregó.

Hizo referencia que lo anterior fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el 30 de agosto de 2017.

Insistió que “el ayuntamiento no está facultado para reglamentar que la Contraloría del Municipio sea el órgano de control interno.

Debe Cabada castigar a los funcionarios que contrataron a la televisora de su familia

“Es el Congreso del Estado y no el Municipio quien tiene la facultad de diseñar las instituciones que conforman el sistema local anticorrupción”.
“Si este Cabildo, de manera arbitraria, considera que es así y los regidores lo avalan, entonces podrían caer en el delito de coalición, según el artículo 60 del Código Penal del Estado”, abundó.

“Mientras la Suprema Corte no resuelta la controversia constitucional no se puede desconocer a la Sindicatura como el órgano de control interno, y menos reglamentar que la Contraloría sume todas las atribuciones como ente fiscalizador”.

Después de haber sido votada la “reforma”, esta fue enviada a la Secretaría General de Gobierno del Estado para que sea publicada en el Periódico Oficial del Estado.

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