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Condenas de hasta 845 años a secuestradores: la cadena perpetua regresa en los hechos

Prisión vitalicia está prohibida, pero no el acumulamiento de penas, dice exjuez federal

Por Teófilo Alvarado | Norte Digital | 8:09 am 26 junio, 2026

El exjuez federal Ernesto Cornejo Ángeles mencionó que las recientes condenas ejemplares dictadas a secuestradores de migrantes, de 600 y más de 840 años de cárcel, envían un poderoso mensaje en el sentido de que delitos tan graves como el secuestro o la extorsión no serán tolerados.

Dijo que existe una buena triada de ciudadanos que denuncian, autoridades que investigan y jueces que dictan sentencias disuasorias.

Señaló que, en los dos casos referidos, las condenas fueron posibles porque hubo pruebas anticipadas, es decir, se recabaron los testimonios de las víctimas desde el momento en que fueron liberadas por agentes policiacos.

Indicó que los migrantes, por la naturaleza de su condición, permanecen poco tiempo en Ciudad Juárez y después se marchan, por lo que es importante levantar sus denuncias antes de que abandonen la ciudad.

Cornejo Ángeles comentó que, aunque se trata de migrantes que probablemente partirán pronto, la ley obliga a que sus testimonios se recaben siguiendo las reglas del juicio oral, lo que implica que sean rendidos ante un juez de control.

Mencionó que los testimonios no pueden tomarse en la casa de seguridad donde se les rescata, ni en la Fiscalía, ni en la estancia migratoria.

El exjuez anotó que las personas en movilidad pueden ser repatriadas o recibir un permiso humanitario para permanecer en México, pero no cuentan con un domicilio fijo para ser localizadas posteriormente. “O a lo mejor salen de la estación migratoria y continúan en su intento de internarse a Estados Unidos y, si lo logran, se pierden”, explicó.

Cornejo Ángeles apuntó que penas tan ejemplares como las recientes se imponen de esa manera porque la prisión vitalicia ya fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Sin embargo, en la práctica equivale a lo mismo, porque los sentenciados nunca volverán a ver la luz del sol en libertad, a pesar de que hoy tengan apenas 20 o 22 años de edad.

“Si una persona tiene 20 y la sentencia es de 800 años de prisión, pues si viviera, si fuera longevo y viviera hasta los 100 años, cumpliría 80 de 800, el 10 por ciento de la pena. Materialmente viene a ser lo mismo, pero bueno, aquí sí está permitido porque estamos hablando de una pena acumulada”, sostuvo.

Aseveró que la pena por secuestro se individualiza por cada una de las víctimas, por lo cual en uno de los casos se llegó a 845 años de prisión, debido a que mantuvieron privados de la libertad a numerosos migrantes.

El exjuez federal reiteró que “es un mensaje poderoso de que no hay impunidad y de que las consecuencias son graves porque, así como los delincuentes trastocan de por vida a una persona, con secuelas permanentes en términos psicológicos y de pérdidas humanas o materiales, también las consecuencias para las personas responsables son de por vida”.

Finalmente, el entrevistado señaló que, si la autoridad continúa haciendo su trabajo, la ciudadanía cumple con su parte y el Poder Judicial hace lo que le corresponde, ello redundará en beneficio de la legalidad, pues contribuirá a prevenir conductas ilícitas.

“El mensaje que se manda es muy claro y muy contundente para la delincuencia organizada”, enfatizó.

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