Este día fue modificado el Código Penal para el Estado de Chihuahua con el objetivo de endurecer las penas por omisión de auxilio o cuidado de niños, adolescentes y adultos mayores.
Durante la sesión ordinaria del Congreso del Estado de este jueves, los legisladores avalaron el dictamen presentado por la Comisión de Justicia.
El decreto aprobado, reforma el artículo 154 del Código Penal para el Estado de Chihuahua, en los siguientes términos: A quien abandone a una persona incapaz de valerse por sí misma teniendo la obligación de cuidarla, se le impondrán de uno a cinco años de prisión si no resultare lesión o daño alguno. Si el sujeto activo fuese médico o profesionista similar o auxiliar, también se le suspenderá en el ejercicio de su profesión hasta por dos años.
Y añade: «a quien realice la conducta descrita en el párrafo anterior, laborando en establecimientos asistenciales, o públicos o privados que presten servicios a niñas, niños, adolescentes o adultas mayores, además se le suspenderá hasta por dos años en el ejercicio de la profesión, oficio o empleo en estas instituciones».
La diputada Marisela Sáenz Moriel, de la bancada del PRI y a la vez presidenta de la Comisión de Justicia, al dar lectura al dictamen ante el pleno, expuso que la esencia del capítulo “Omisión de Auxilio o de Cuidado”, del Código Penal del Estado de Chihuahua, es tutelar a los grupos vulnerables como la niñez, personas con capacidades distintas, adultos mayores, entre otras personas.
La iniciativa fue presentada por los diputados Jesús Alberto Valenciano, del PAN, y René Frías Bencomo, del Panal.
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