Las mujeres que egresen de refugios después de ser víctimas de violencia recibirían acompañamiento integral durante un periodo mínimo de 12 meses, de aprobarse una propuesta que avaló el Congreso del Estado.
El decreto plantea establecer un modelo de atención para quienes salen de estos espacios y enviarlo al Congreso de la Unión para su análisis y votación, debido a que requiere una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La diputada Irlanda Márquez Nolasco, presidenta de la Comisión de Igualdad Sustantiva, refirió que la atención a las mujeres víctimas de violencia no debe concluir una vez superada la situación de emergencia o cuando dejan un refugio.
Explicó que es precisamente durante la etapa posterior cuando enfrentan diversos retos para reconstruir su vida y alcanzar condiciones de autonomía y seguridad.
La propuesta busca consolidar la recuperación emocional, la autonomía económica, la seguridad jurídica y la reintegración social de las sobrevivientes y de sus hijos, con el fin de prevenir cualquier forma de revictimización.
El marco jurídico ya contempla mecanismos de atención inmediata, como los refugios y las órdenes de protección; sin embargo, persiste un vacío en el seguimiento posterior al egreso. Esta falta de acompañamiento puede limitar la recuperación de las mujeres y aumentar el riesgo de revictimización o de reincidencia en los ciclos de violencia.
Ante esta situación, se plantea incluir el capítulo VI Bis, denominado “De la Atención Integral Post Violencia”, para que las autoridades federales, estatales y municipales, dentro de sus respectivas competencias, garanticen servicios gratuitos y continuos de acompañamiento durante un periodo mínimo de 12 meses a partir de la salida de un refugio.
El modelo contempla acompañamiento psicológico, asesoría jurídica y apoyo para la inserción laboral o educativa.
También establece que cada mujer que egrese de un refugio tenga automáticamente un esquema de acompañamiento, conforme a los lineamientos que determine el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
De aprobarse en su totalidad la propuesta, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá asignar y etiquetar una partida permanente, obligatoria y progresiva, destinada a la operación y el fortalecimiento de los refugios y albergues para mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencia en las entidades federativas.
La partida presupuestaria no podrá ser inferior a la aprobada durante el ejercicio fiscal inmediato anterior.
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