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Fotografía: Archivo

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Un tercio de la mercancía que se vende en México es contrabando: SAT

El contrabando incluye combustibles, bebidas, textiles y ropa, de acuerdo con el SAT, lo cual afecta al comercio formal

Por Pavel Juárez | Norte Digital | 2:50 pm 27 noviembre, 2021

Hasta 1 de cada 3 litros de gasolina y diésel en el país ingresó por contrabando, estimó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Sin embargo, no solamente el tercio del combustible vendido en el país es ilegal, también muchas mercancías populares.

El 38 por ciento de las bebidas alcohólicas vendidas y consumidas entraron por la vía del contrabando al mercado mexicano.

Un 48 por ciento de los textiles comercializados y el 35 por ciento de los zapatos y tenis llegaron también por contrabando hasta los comercios.

«Si vamos a cualquier sector que a ustedes se les antoje, todo se mueve arriba de la tercera parte o entre 33 y 35 por ciento y no hay un sector económico salvado del contrabando», comentó Raquel Buenrostro Sánchez, jefa del SAT.

Una de cada tres mercancías vendidas en el mercado mexicano está dentro de la competencia desleal, destacó la funcionaria.

El contrabando de mercancías no solamente reduce la recaudación de impuestos, sino que también afecta a los empresarios formales.

«Los grandes informales que vemos en el SAT están en el contrabando. El 50 por ciento no lo vamos a lograr trayendo peso por peso, tenemos que traer los miles de millones de pesos para acabar más rápido», comentó.

El combate a la informalidad viene en el ordenamiento de cómo se regula el transporte de bienes y mercancías; la herramienta es la carta porte.

El SAT actualizó el estándar de información del complemento carta porte a la versión 2.0, es decir, la digitalizó. La Carta Porte se trata de un complemento que se incluye en los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).

Esta versión digital se comenzará a implementar el 1 de diciembre próximo, a modo de prueba. De modo obligatorio lo hará a partir del 1 de enero del 2022.

El documento debe acompañar en todo momento a la mercancía que se traslada de un lugar a otro a través de vías federales. Así se podrá acreditar no solo el traslado, sino también la tenencia y estancia legal de la mercancía.

La carta porte existe desde 1993, se homologó en la ley del código de comercio en 2004 y luego se vinculó con el código fiscal.

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