El Plan Estratégico de Juárez denunció que la regidora Juana Reyes Espejo, de la fracción independiente, violenta los derechos humanos al prohibir grabaciones en las reuniones de comisiones, bajo el argumento de proteger datos personales.
La edil se negó una vez más a que se graben las reuniones de comisiones, bajo el argumento de que el reglamento municipal protege los datos personales de los participantes, aunque el Plan Estratégico de Juárez (PEJ) denunció que la edil se resiste aún en los casos que no está en riesgo la privacidad.
“Por lo delicados que son y por que yo tengo que cuidar los nombres personales, en mis comisiones yo no permito que se grabe”, aseguró la edil, quien mantiene la prohibición desde hace por lo menos tres sesiones de comisiones.
Reyes Espejo aseguró que la ampara el reglamento interior del ayuntamiento, en donde señala que cualquier persona que entre a una comisión debe pedir permiso para grabar en caso de que se trate de protección de datos.
Al cuestionarla el PEJ de que si se puede grabar en el caso de que no se trate de datos que afecten a la protección de datos personales, la edil contestó que en el caso de las comisiones que preside tampoco lo permitirá.
El reglamento establece en su artículo 149 la periodicidad con que se celebrarán las sesiones ordinarias de comisiones de regidores, el procedimiento de convocatoria y parte del protocolo de las sesiones.
En el párrafo final del artículo dice “Sin perjuicio de lo anterior, todas las sesiones de las comisiones de Regidores serán públicas y podrán ser transmitidas en vivo previo consenso de las o los regidores integrantes de la comisión”.
Abril Amaya, analista de contraloría social de Plan Estratégico Juárez, destacó que el reglamento vigente solo contempla consenso de los regidores para las transmisiones en vivo y no hace mención explícita de que se requiera el mismo consenso para la grabación de las comisiones, ya sea en audio o en video.
“Los servidores públicos sí deben tener explícitamente lo que pueden y no pueden hacer; para los ciudadanos, su derecho de acceso a la información les permite tanto acceder a medios electrónicos como hacer uso de ellos y difundirlos”, explicó, por lo que el reglamento no prohíbe en ningún momento grabar las sesiones de comisión.
Amaya agregó que pese a que la obligación de proteger los datos personales es de la autoridad, “no puede contraponer ambos derechos”: a la información y a la protección de datos personales.
“La forma en que ellos deben de protegerlos no debe vulnerar el acceso a la información de otras personas”, aseguró, aunque esto no aparta la responsabilidad de terceros por el uso de dicha información.
Sin embargo, la ley dice que “si bien los datos personales se deben de proteger, si estos forman parte de registros públicos, se exceptúa y se considera que la persona que dio sus datos es plenamente consciente de que su nombre y sus datos van a constar en archivos públicos”, comentó Amaya.
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