La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó que todas las delegaciones de la Secretaría del Bienestar retiren el nombre del presidente Andrés Manuel López Obrador de las becas y apoyos que entregan.
En un comunicado oficial emitido este viernes, el INE informó que son procedentes las que calificó como medidas cautelares solicitadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD).
Lo anterior por la presunta violación a los principios rectores del proceso electoral, así como el presunto uso de recursos públicos, derivado de la promoción del nombre, imagen y logros de López Obrador mediante la indumentaria utilizada durante la entrega de becas a estudiantes y apoyos económicos a personas con alguna discapacidad y a adultos mayores.
Con el voto unánime de las consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, así como del consejero Benito Nacif, la comisión concluyó en sesión extraordinaria otorgar las medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva.
Lo anterior significa que se ordenó la suspensión inmediata del uso del nombre del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Andrés Manuel López Obrador, en la indumentaria y accesorios (chalecos, gorras, mochilas, gafetes y cualquier otro) utilizados por los servidores públicos o personas que participen en levantamiento de censos o entrega de beneficios de programas sociales.
También les ordena que se abstengan de señalar, sugerir o mencionar que dichos programas y sus beneficios derivan de instrucciones, compromisos o patrocinios del presidente de México.
De acuerdo con el comunicado, en la denuncia del PRD se advirtió que servidores públicos también conocidos como “servidores de la nación” realizaron funciones de levantamiento de censo y entrega de programas sociales, portando indumentaria y aditamentos con la leyenda «Andrés Manuel López Obrador, presidente electo de México 2018-2024».
“En dichos actos se ha hecho mención de este servidor público como benefactor o persona que ha instruido u ordenado la entrega de los beneficios sociales. Por lo tanto, bajo una óptica preliminar, la comisión resolvió que los hechos mencionados podrían ser violatorios del artículo 134 Constitucional y constituir promoción personalizada, particularmente y de manera destacada, del presidente de la República.
“Así como un quebrantamiento de los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse al ejecutarse o implementarse los programas sociales, a fin de no afectar las condiciones de la competencia entre los partidos políticos”, explicó.


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