Facundo Teófilo, fallecido en el Cereso 3 de Ciudad Juárez, podría ser considerado víctima de violaciones a los derechos humanos si se comprueba que no recibió la atención médica que requería o se le negó el acceso a sus familiares, advirtió el encargado del despacho de la presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Alejandro Carrasco.
Detenido desde el 30 de junio como uno de los probables responsables de la acumulación de 380 cadáveres embalsamados en el crematorio Plenitud, Facundo Teófilo podría, en condición póstuma, ser reconocido como víctima colateral del caso, señaló el titular de la CEDH.
El ahora fallecido se encontraba en una situación de vulnerabilidad, en primer término, por su condición económica y laboral, agregó.
Si no se le atendió, hubo violación a derechos: CEDH
“No sabemos en qué circunstancias lo tenían trabajando, si estaba en una situación de explotación laboral. Además, está claro que no contaba con dinero para contratar a un abogado que llevara su defensa, por lo que se le puede calificar como víctima”, subrayó Carrasco.
Respecto a la posible intervención de oficio por parte de la CEDH, el funcionario indicó que se solicitará la información relativa a la atención médica que recibió el inculpado, así como sobre el acceso a su defensa y a sus familiares.
Aclaró, sin embargo, que la CEDH no podría emitir una recomendación contra el patrón que lo contrató y presuntamente le dio malas condiciones laborales —en este caso, el crematorio Plenitud—, pero sí contra la autoridad que no inspeccionó dicho establecimiento. Además, la recomendación podría incluir, de ser el caso, a las autoridades penitenciarias si se confirma una falta de observancia a los derechos humanos del ahora fallecido.
Carrasco recordó que existen antecedentes en los que una persona fallecida puede ser declarada como víctima, como ocurrió en el caso de Digna Ochoa, activista presuntamente asesinada, cuya situación fue analizada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). En ese caso, se reconoció como víctimas tanto a sus familiares como a la propia activista.
“Si se determina que en el Cereso 3 sufrió vejaciones o no se le dio el tratamiento médico adecuado, ahí sí puede configurarse esta característica de víctima: primero la familia, pero también la persona fallecida”, comentó.
Agregó que, si no se le realizaron análisis médicos, no se le preguntó por su estado de salud o no se efectuó una revisión al momento de su ingreso al penal, procedería la declaratoria de víctima y la eventual recomendación a la autoridad que lo recluyó.
De comprobarse esas omisiones, la CEDH podría emitir una recomendación contra las autoridades responsables por no haber actuado de manera adecuada, concluyó.
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