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Aumento al IEPS no implica que haya ‘gasolinazos’: SHCP

De acuerdo con la Ley del impuesto, las cuotas aplicables a la enajenación de bienes y servicios -que además de combustibles contempla bebidas saborizadas y cigarros- se actualizarán conforme la inflación

Por Agencias | Norte Digital | 4:33 pm 2 enero, 2020

La próxima actualización anual del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) “no necesariamente” implicará más “gasolinazos” porque la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tiene la facultad para disminuir este impuesto, señaló la vicepresidenta de la Cámara de Diputados, Dolores Padierna Luna, publicó Excélsior.

Y es que, de acuerdo con la Ley del IEPS, las cuotas aplicables a la enajenación de bienes y servicios a los que se aplica este impuesto -que además de combustibles contempla bebidas saborizadas y cigarros- se actualizarán anualmente con el factor que determine la SHCP, a partir de la inflación acumulada en el año anterior.

“Para 2020, el factor de actualización es de 1.0297. Es decir, la inflación considerada en el año 2020 es de 2.97%, que corresponde a la acumulada entre noviembre de 2018 y noviembre de 2019. Así, por ejemplo, el IEPS federal aplicable a las gasolinas y el diésel será el siguiente: Magna, 4.95; Premium, 4.18; y Diésel 5.44”, expuso la legisladora morenista a través de un comunicado.

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Sin embargo, explicó que la SHCP tiene la facultad de disminuir este impuesto para evitar incrementos por arriba de la inflación de los precios al público de los combustibles. Puso de ejemplo que en 2019 cuando la actualización fue de 4.64%, mayor al 2.97% de 2020, pero no se reflejó en la alza en los combustibles.

Por otra parte, explicó que la actualización del IEPS en las bebidas saborizadas, como el refresco, así como en el tabaco sí incrementará su precio de comercialización.

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“El pasado 9 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del IEPS, una de las cuales es la aplicación del factor de actualización anual a la cuota aplicable a bebidas saborizadas, por lo que para 2020 la cuota se actualiza a $1.2616 por litro; es decir, un incremento de 7.82% que corresponde a la inflación acumulada de enero de 2018 a noviembre de 2019”, abundó la legisladora.

Sobre el caso del tabaco se aplican dos IEPS, uno que corresponde a una tasa de 160% al valor de las ventas de tabaco y una cuota adicional de $0.35 por cigarro. Esta última se estableció en enero de 2011 y desde entonces no se ha modificado, lo que implica que haya disminuido en términos reales.

“En la reforma del pasado 9 de diciembre también se estableció que la cuota se actualizará anualmente, por lo que para 2020 será $0.4944 por cigarro, es decir un aumento de 41.26% que corresponde a la inflación entre enero de 2011 y noviembre de 2019”, dijo.

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