Con el lema de #ElCáncerNoEspera, los senadores aprobaron la reforma en lo general y los artículos no reservados del dictamen de la reforma laboral para dar licencias con goce de sueldo a padres de niños con cáncer.
Los votos a favor fueron 120, cero en contra y dos abstenciones; de esta manera dan revés a la fracción parlamentaria de Morena, que el pasado 26 de abril propuso que la medida se reservara para el año 2020, argumentando falta de presupuesto.
Desde tribuna, al grito de «¡Primero los niños, el cáncer no espera!», los legisladores recriminaron a la fracción de Morena retrasar la implementación de las reformas que beneficiarán a los niños que viven con dicho padecimiento y a sus familias.
Miguel Ángel Osorio Chong, vía Twitter, anunció lo anterior desde el pleno del Senado, junto a Eruviel Ávila y Manuel Añorve Baños, quienes se mostraron satisfechos con la decisión.
“Es una iniciativa humana, con calidez y apoyo para los padres que infortunadamente enfrentan este proceso con algún hijo enfermo”, dijo el senador Ávila.
Por su parte, Añorve señaló que ahora los padres o madres que tengan un hijo o hija con cáncer podrán obtener por derecho el permiso en sus trabajos con goce de sueldo, para acudir a los consultas, terapias y tratamientos de los menores.
El propósito es ayudarlos a no perder su empleo, y que los padres de hijos con cáncer puedan obtener licencias laborales.
La minuta con proyecto de decreto adiciona diversas disposiciones a la Ley del Seguro Social, a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado y de la Ley Federal del Trabajo; establece que se deberán otorgar licencias cuando los hijos enfrentes periodos críticos de tratamiento de hospitalización, incluyendo en su caso el tratamiento destinado al alivio del dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado.
Además la minuta también establece la previsión de recursos presupuestales requeridos para cumplir con la implementación de licencias por cuidados médicos.
El trabajador que solicite el permiso deberá contar con 30 semanas cotizadas anteriores a la fecha del diagnóstico del niño; en caso de no cumplir este requisito, deberá tener al menos 52 semanas de cotización inmediatas previas al inicio de la licencia.
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