Durante esta tarde, dentro de la Sala 4 de apelaciones de Ciudad Judicial, el Tribunal Colegiado conformado por 3 juzgadoras dio a conocer que, de manera unánime, se absuelve a Jesús Adrián C.L. y Carlos Miguel H.H. por el homicidio cometido en contra del fotoperiodista Ismael Villagómez Tapia.
Las juzgadoras determinaron que la representación social no logró comprobar la participación plena de los imputados en los hechos de los que se les acusa “más allá de toda duda razonable“.
Detallaron que, en primer lugar, la prueba principal que se había obtenido para detener a los acusados, una dirección obtenida a través de una foto de una identificación obtenida en un celular localizado en la escena del crimen, había sido obtenida de manera ilícita.
Explicó que, si bien la manipulación de los dispositivos forma parte de sus funciones, esta debió realizarse conforme a ley, situación que no sucedió.
Por lo anterior, es que se consideraron como ilícitas las detenciones posteriores a este hecho, así como las pruebas y testimonios que se desprenden.
De igual manera, se indicó que el testimonio rendido por un tercer hombre arrestado, identificado como Johan Eduardo C.B., que sigue un proceso en un juzgado federal por posesión de un arma de fuego de uso exclusivo del ejército, refiere que al momento de declarar ante el Ministerio Público se sintió amenazado para declarar en su contra y que no tuvo conocimiento de que tuviera abogado defensor, violando sus derechos humanos.
Por lo anterior, es que se consideró desestimar el testimonio.
Como punto central, las juzgadoras mencionaron que, pese a los señalamientos de la Fiscalía, no se pudo comprobar que los imputados hayan estado en el vehículo al momento del homicidio de Villagómez.
De igual manera, consideraron que el casquillo encontrado dentro del vehículo de la víctima, analizado por un perito en balística de la FGE en los patios de la dependencia, generaba suspicacia, puesto que se localizó un día después de una “minuciosa revisión“ por parte de la experta en criminalística de campo que revisó el carro en la escena del crimen.
Lo anterior, generaba más dudas debido a que coincidía con las pruebas hechas por la perita experta en balística forense, y que coincidían con el arma de fuego que les había sido asegurada a los imputados.
Resaltando que el Ministerio Público falló en el objetivo de demostrar la comisión del homicidio de Ismael Villagómez Tapia por parte de los acusados, fue que se decidió resolver en favor de absolver a los dos hombres por la causa penal 239-24, por lo que ahora serán liberados, en espera de revisar si existen causas penales pendientes.
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