El sistema de transporte colectivo de pasajeros y carga ha vuelto a ser facultad de la Secretaría General de Gobierno.
Así lo aprobó el Congreso del Estado en una larga sesión de Período Extraordinario de Sesiones, en la que votó a favor de crear la Subsecretaría de Transporte.
Hasta este martes, el servicio de transporte estaba a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, tras una reforma que impulsó la anterior administración.
Con 21 votos a favor, 10 en contra y ninguna abstención, el Congreso del Estado aprobó un paquete de reformas tanto a la Ley de Transporte de Chihuahua como a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y al fideicomiso “Tránsito Amigo”.
El pleno del Congreso aprobó todas las reformas referentes al transporte al filo de las 20 horas, 8 de la noche, después de casi 12 horas de sesionar.
Una vez en vigor las reformas, será la Secretaría General de Gobierno quien tenga la facultad de aprobar las tarifas de transporte. También, la de tramitar las solicitudes para el otorgamiento de concesiones, permisos, autorizaciones o registros.
Todos los actos jurídicos y administrativos en materia de transporte y vías de comunicación de competencia estatal, dejaron de ser facultad de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología la facultad señalada previamente.
De esa forma, la mencionada dependencia deja de ser la titular de la “Operadora de Transporte Vivebús Chihuahua”. Ahora será la Secretaría General de Gobierno.
Otorgarán concesiones sin necesidad de concursarlas
Con respecto a la modificación a la Ley de Transporte del Estado, destacan entre otros aspectos, la adjudicación de concesiones mediante designación directa de la Secretaría.
Esto, sin que sea indispensable efectuar un concurso como actualmente se prevé.
Las concesiones y permisos podrán heredarse en caso de fallecimiento o declaración de ausencia del titular.
Además, se otorgarán a quien designe el concesionario mediante lista inscrita previamente ante la Subsecretaría, la cual estará limitada a las personas sujetas a la sucesión legítima.
El concesionario o permisionario podrá transmitir esos derechos a su cónyuge, descendientes y ascendentes en primer grado, solo con la autorización de la Subsecretaría de Transporte.
Respecto al transporte de auto de alquiler o taxi, la nueva legislación contempla la creación de una plataforma digital, similar a las que ya operan en el país.
También podrá trasladarlos a la concubina o concubinario, además de terceras personas.
Se permitirá la sustitución temporal de vehículos para la modalidad de taxi, lo cual está prohibido en la actualidad.
Podrá otorgarse concesión de taxi a familiares de los conductores cuando fallezcan prestando el servicio de transporte.
La tarifa general podrá ser diferenciada por ciudad o zona conurbada.
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