El consejo general del Instituto Estatal Electoral rechazó la tarde de este jueves la solicitud para la aplicación de la revocación de mandato contra el alcalde de Juárez, Armando Cabada, por considerar que la petición no fue presentada en los términos que indica la Ley de Participación Ciudadana.
Luego de haber entregado la documentación requerida y tras haber cumplido con los requisitos de ley, el consejo general del IEE votó de manera unánime por la improcedencia de la solicitud que fue presentada el 18 de febrero, y ésta debió ser entregada a partir del 10 de marzo que es el término que marca la ley.
La Ley de Participación Ciudadana precisa que para solicitar la revocación de mandato, debe haberse cumplido la mitad de gestión del funcionario público a quien se pide la revocación de su mandato, y en el caso de Armando Cabada, la mitad de su administración se cumple precisamente el 10 de marzo.
Al respecto, Jesús Saláis explicó a Norte Digital que su equipo legal ya tenía prevista tal situación, por lo que ya están listos para presentar la misma solicitud pero a partir del día 10.
“Para nada nos desanima la declaración de improcedencia del IEE. Al contrario, estamos preparados para volver a llevar la petición por la vía electrónica y personalmente”, mencionó Saláis, quien recordó que el fundamento para solicitar la revocación se basa en una serie de argumentos por incumplimiento e irregularidades del gobierno municipal que encabeza Armando Cabada.
El consejo general del IEE notificará de su decisión a Jesús Saláis el viernes.
También trascendió que los asesores jurídicos evaluarán la posibilidad de presentar el recurso de impugnación ante el Tribunal Electoral del Estado sobre la improcedencia.
“Necesitamos explicarle a los ciudadanos que aquí no se termina la solicitud para terminar con el mandato del presidente municipal de Juárez. Más bien hay que informar que así lo teníamos previsto, por lo que volveremos a presentar la solicitud en los términos de temporalidad que marca la ley”, añadió.
El artículo 60, segundo párrafo de la Ley de Participación Ciudadana señala que las solicitudes para revocación de mandato deberán presentarse a partir de la mitad de la gestión del servidor público objeto de ese mecanismo, y en el caso del alcalde de Juárez, es a partir del 10 de marzo, no antes.
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