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Por seguridad nacional, ordena Garduño doble verificación de listas de extranjeros en aeropuertos

Para proteger la soberanía y tener una migración ordenada y regular, ahora aerolíneas deben entregar nombres de viajeros dos horas antes del despegue y después que se cierren las puertas del avión

Por Carlos Omar Barranco | Norte Digital | 9:48 am 26 abril, 2025

Ante la situación actual de la movilidad internacional de personas, y para agilizar el proceso de internación, priorizando la preservación de la soberanía y seguridad nacional, el Instituto Nacional de Migración (INM) ordenó que las listas de pasajeros extranjeros le sean entregadas con mayor tiempo de anticipación al despegue de vuelos internacionales en los aeropuertos.

Tanto cuando las aeronaves partan de México al exterior como cuando vayan a despegar de otros países hacia acá.

Así lo estableció el entonces comisionado nacional del INM Francisco Garduño Yáñez, en un acuerdo firmado el 21 de abril pasado, sobre el que no se emitió ningún comunicado oficial.

El propósito de la nueva medida, se planteó en el acuerdo, es “tener una migración segura, ordenada y regular”.

Por lo mismo se determinó ajustar los tiempos en que las aerolíneas deben remitir las relaciones con los nombres de los pasajeros extranjeros.

El documento denominado Lineamientos generales para la transmisión de listas electrónicas de pasajeros, tripulantes y medios de transporte al Instituto Nacional de Migración, estaba vigente desde el 8 de noviembre del año 2012 y le fueron actualizados los incisos A y B de su artículo 7.

El inciso A ahora señala que, “en caso de llegada a territorio nacional, la información de los pasajeros deberá ser transmitida dentro de las dos horas previas al despegue de la aeronave con destino a México”.

“Asimismo –añade– se enviará otra relación de confirmación de pasajeros a bordo, una vez que la aeronave haya cerrado sus puertas previo al despegue”.

En el inciso B se precisa que, para las salidas del territorio nacional, la información de los viajeros deberá ser transmitida también dos horas previas al despegue de la aeronave y también se deberá “enviar otra relación de confirmación de pasajeros a bordo, una vez que la aeronave haya cerrado sus puertas, antes de despegar”.

De acuerdo con la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conam), ajustar los tiempos en que las aerolíneas deben remitir las relaciones de los pasajeros a bordo de las aeronaves en vuelos internacionales, tiene un propósito.

Se trata de –indica la Conam en su sitio oficial– identificar oportunamente algún riesgo para la seguridad de las personas al entrar o salir del territorio nacional, para garantizar una migración ordenada, segura y regular.

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