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¿Por qué jueza absolvió a Naomy Yamilé? Desde su perspectiva, FEM falló en demostrar responsabilidad

En lectura del fallo en quinto juicio contra la imputada, Evangelina Zúñiga Ortiz explicó que hubo inconsistencias de la Fiscalía para probar que cometió violación agravada

Por José Estrada | Norte Digital | 10:18 am 4 febrero, 2026

Como cada vez que está a punto de concluir uno de los juicio contra de Naomy Yamilé R.P., acusada por agresión sexual en contra de niños que estaban bajo su cuidado en la guardería Techo Comunitario, la sala estaba llena de público atento a los alegatos de clausura, esta vez en el juicio oral 161/25.

La acusada, que viste de gris, tiene el cabello recogido y utiliza unos anteojos de color rosa, respira con la misma serenidad que ha mostrado a lo largo de los distintos procesos penales en su contra.

Se hicieron decenas de acusaciones en su contra por los actos que presuntamente cometió cuando trabajaba en la guardería Techo Comunitario, donde habría abusado de infantes a los que debería haber cuidado.

Sus defensores, de la Asociación de Abogados Penalistas, agrupados en el llamado “Proyecto Inocencia”, afirmaron que el caso armado por la Fiscalía Especializada de la Mujer (FEM) le ha arrebatado los sueños a una joven estudiante de la UACJ.

La acusada, argumentaron, añoraba ser maestra, pero que ahora tiene que enfrentarse a todo un sistema criminal que la señala sin tener la certeza de que ella cometió las atrocidades que le señalan. 

Dimes y diretes se han dicho en las diversas salas y audiencias de Naomy Yamilé, pero su semblante ha permanecido siempre sereno, sin reacciones de felicidad o tristeza, como si se tratase de un robot o una imagen de inteligencia artificial.

Mientras, detrás de ella, hay tensión en sus padres, que la acompañan religiosamente a cada audiencia, al igual que madres de familia, cuyos niños han sido víctimas de abuso.

Naomy Yamile se dispuso a escuchar otra vez, con atención y en calma, los alegatos de clausura del quinto juicio oral en su contra.

Responsabilidad de Naomy se acredita por testimonio de la niña y dictamen médico: FEM

En su presentación ante la jueza, Evangelina Zúñiga Ortiz, la agente del Ministerio Público aseguró que la plena responsabilidad de la imputada se demuestra a partir del testimonio que rindió la niña ante la autoridad, así como por el dictamen médico elaborado en sede ministerial.

La fiscal mencionó que la niña identificó plenamente a Naomy Yamilé como su agresora, a quien le decía “mojote”, y que se portaba mal con ella, picando sus genitales y golpeando su cuerpo.

Enfatizó que “las pruebas no mienten” y que los dichos de la niña habían sido claros, expresiones como “la maeta me pega, la maeta me pega”, eran evidencia suficiente para demostrar el miedo que le tenía a la imputada.

De igual manera, los testimonios de la madre y la víctima tenían relación con lo planteado por la médico legista, quien estableció que, en su revisión encontró lesiones consecuentes a una agresión sexual en sus genitales, con una antigüedad mayor a dos semanas.

Por su parte, la asesora jurídica de la madre de la víctima aseveró que el trabajo de la FEM era suficiente para demostrar la comisión del delito, por parte de la imputada, al interior de la guardería de Techo Comunitario.

Resaltó que a lo largo de este proceso penal la niña tuvo que testificar ante diversas autoridades todo lo que vivió, señalando en repetidas ocasiones a la imputada como la responsable de haberle “picado” sus genitales.

La asesora admitió que, efectivamente, su clienta había promovido una demanda civil en contra del IMSS por lo que sucedió en la guardería, pero hizo hincapié en que “la justicia no consiste en saber si la madre ejerció acción contra el IMSS, si no en demostrar el hecho que sufrió y la Fiscalía lo demostró”.

Para finalizar, la abogada solicitó a la jueza que su decisión tomara en cuenta una perspectiva de género y procurando el Interés Superior de la Niñez,

En caso contrario, la parte acusadora se vería forzada a solicitar un recurso de apelación, como acababa de ocurrir el pasado fin de semana, en el que se obtuvo una revocación de sentencia por el fallo emitido en el tercer juicio del caso Techo Comunitario.

“Mojote” no era Naomy, FEM falló en identificar al agresor de la niña: Defensa

En su turno, el abogado Emmanuel Salvador Rangel, quien lideró la defensa de la imputada en este juicio, afirmó que la FEM falló al momento de realizar las investigaciones de este caso.

Afirmó que únicamente se exploró una sola línea de investigación que señalaba a Naomy como la responsable de la agresión sexual, sin tomar en cuenta el testimonio de la niña, quien en repetidas ocasiones, incluyendo su testimonio ante la jueza, indicó que “mojote” era quien le pegaba en sus genitales.

Recalcó que, cuando la niña testificó ante la jueza, se mostró sumamente nerviosa y que en ocasiones expresó “se me olvidó” o “¿qué tenía que decir’”, que demostraban que su madre la había instruido para que contara una historia determinada ante la jueza

Destacó que, a lo largo del juicio, la directora de la guardería aseguró que había una niña de nombre “María José” a quien le decían “Majo”, pero a la que los niños le decían “mojote”, debido a su corta edad y que no podían pronunciarlo correctamente.

Resaltó que, si bien la fiscal y asesora jurídica intentaron hacer ver que Naomy era “mojote”, en ningún momento la niña había relacionado a la imputada con ese nombre.

Enfatizó que, gracias a la carga probatoria, se demostraba su teoría del caso; es decir, que la principal motivación de la madre, para continuar con este juicio, era para conseguir un beneficio económico.

Gracias a la presentación del asesor jurídico de la madre en materia civil, quien aseguró ser “precursor de las demandas civiles en la ciudad” y que tenía amplia experiencia derrotando en juicios a otras instituciones públicas, como la Comisión Federal de Electricidad o Petróleos Mexicanos, se demostró que se había iniciado un proceso administrativo pidiendo una indemnización ante el IMSS, derivada de los hechos que sufrió la niña, expuso.

Además, resaltó que en la segunda declaración que dio la madre ante la jueza, presuntamente cometió el delito de falsedad ante la autoridad judicial ya que en un principio dijo que no había demandado al IMSS, para posteriormente aceptar que sí lo hizo, pero que pensaba que no podía hablar de dicho proceso ya que había firmado una cláusula de confidencialidad con su abogado.

Asimismo, dijo que, el desistimiento de pruebas claves para el juicio, como la información extraída de dispositivos que le pertenecían a la imputada, así como las más de 9 mil horas de grabaciones de las cámaras de videovigilancia, hacían creer que la FEM no encontró ninguna prueba que incriminara a Naomy Yamilé.

Ante esta situación, se reforzaba la presunción de inocencia de su cliente, por lo que solicitó a la jueza que se dictara un fallo absolutorio.

Entre acusaciones de discriminación y revictimización

Para finalizar sus argumentos, la mesa del Ministerio Público continuó con sus señalamientos en contra de Naomy Yamilé, asegurando que la niña reconoció a la imputada como “mojote”, contrario a lo establecido por la directora de la guardería.

Señaló que, en el área de los baños, había puntos ciegos en los que las cámaras de videovigilancia no tenían acceso, por lo que era suficiente para demostrar que el delito se cometió al interior de la guardería.

Agregó que este fue el primer caso que reportó probables abusos al interior de la guardería y que no es de interés para la defensa, el hecho de que personal del IMSS se acercara a la madre para evitar que el caso saliera a la luz y que el pago de la indemnización fue para reparar lo que había pasado en la guardería.

De igual manera, la asesora jurídica se centró en señalar al abogado defensor de cometer “actos de discriminación y violencia”, debido a que había restado credibilidad al testimonio de la madre y la niña.

Resaltó que el proceso que ha atravesado la madre ha sido largo y extenuante, tanto para ella como para la niña, por lo que consideraba ofensivo el hecho de que el abogado cuestionara la integridad de la madre, así como del Ministerio Público, ya que no tenía sentido que fueran manipulados con el propósito de lograr un beneficio económico.

En su turno final, el abogado Rangel reforzó su teoría del caso sosteniendo que, a lo largo del juicio, se pudieron demostrar las omisiones cometidas por los peritos, así como la poca información que presentó el Ministerio Público para sustentar la responsabilidad de su defendida.

En respuesta a la asesora jurídica comentó: “Estamos en un Tribunal de los Estados Unidos Mexicanos para que se conozca la verdad. Venimos aquí a probar, no a conmovernos con sentimentalismos”.

También negó que hiciera actos de discriminación o violencia en contra de la niña y su madre, en todo caso, reiteró, habían sido la madre y la propia asesora, quienes se habían encargado de revictimizar a la niña, forzándola a declarar en repetidas ocasiones, con tal de que obtuvieran un beneficio económico por su sufrimiento.

Nadie expone a sus hijos por dinero: madre de la víctima

Una vez concluidos los alegatos, la madre tuvo la oportunidad de realizar un pronunciamiento ante la jueza, a quien le dijo que, en su momento, cuando presentó la denuncia, había sido el primer caso expuesto, por lo que comenzó un proceso largo lleno de dudas, miedo y sufrimiento por todo lo que le contaba su niña.

Relató que para que llegará la conclusión del proceso han pasado tres años de trámites, revisiones y comparecencias en la fiscalía y los juzgados que le han quitado gran parte de su vida y tiempo en búsqueda de que se haga justicia para su hija.

Dijo que decidió demandar al IMSS con el propósito de que se investigaran a todos los posibles responsables, dando como resultado el señalamiento hacia Naomy Yamile y reiteró que no se trata de una venganza personal, porque su único objetivo es que se haga justicia para su hija.

Agregó que, más allá de cualquier beneficio económico que pudiera obtener del IMSS, ella lo había perdido todo, ya que nunca podrá recuperar la tranquilidad para dejar a su hija al cuidado de otras personas.

“No pido compasión, vine a exigir justicia; una justicia que se le niega a una niña, es una herida para toda la sociedad”, concluyó.

Pruebas insuficientes, fallo absolutorio concedido

Una hora y media después, luego de que la jueza tuviera un receso para deliberar, reunió a las partes para informar su veredicto: “Siendo el 2 de febrero de 2025, dictó fallo absolutorio en favor de Naomy Yamilé R.P., ante una evidente falta de pruebas que demostraran, más allá de toda duda razonable, la responsabilidad de la imputada”.

Según su premisa, la agente del Ministerio Público falló en demostrar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se habrían presentado los hechos.

Aclaró que, si bien la madre de familia hizo un señalamiento directo a la imputada de acuerdo a lo que le contó su niña, advirtió que durante este juicio no hubo algún otro órgano de prueba que pudiera confirmar el señalamiento hecho por la madre.

También destacó que al momento de que la niña fue presentada ante ella, se notaba nerviosa y respondía las preguntas de manera lenta, buscando apoyo de su madre, o de alguna otra persona, ya que probablemente había olvidado lo que tenía que decir.

Además, consideró que en los testimonios de los peritos se encontraban diversas inconsistencias, como que -entre otras cosas- no se pudo demostrar de manera clara a quien se refería la niña con “mojote”, a quien sí señaló plenamente como quien la agredía y le pegaba en su cuerpo.

Aclaró que, como había mencionado la defensa, en ningún momento la niña dijo algo referente a que se había introducido algo a su cuerpo, lo que implicaba que la Fiscalía también había fallado en la tipificación del delito que, en todo caso, podría encajar de mejor manera como un abuso sexual.

Por estas razones, de manera sintetizada, informó la decisión a las partes, fijando que el próximo 10 de febrero se lleve a cabo la audiencia de explicación y lectura de sentencia.

Antes de finalizar la audiencia, y como medida de seguridad, el defensor solicitó a la jueza que se desalojara al público antes de finalizar la audiencia con el fin de evitar situaciones altercados entre el público y las partes de este juicio.

Mientras los asistentes abandonaron la sala en silencio, en el rostro de Naomy Yamilé siguió el aplomo que mostró desde el inicio del juicio, sin alguna expresión de alegría por haber obtenido la tercera absolución a su favor.

Aunque en las afueras de la sala, los rostros de decepción y tristeza de las madres de niños víctimas, contrastaron con la ligera alegría que mostraba los rostros de los padres de la acusada, quienes se fueron de Ciudad Judicial con mejor talante.

En declaraciones a medios de comunicación, la madre de la víctima, declaró que aunque estaba triste por la decisión, apelará la decisión ante un juez de segunda instancia, con la esperanza de que un magistrado revise el juicio y revoque la decisión de la jueza Zúñiga Ortiz.

Incluso afirmó estar preparada para ir “hasta la Suprema Corte” en caso de ser necesario.

Magistrado revocó una de las absoluciones en favor de Naomy

El pasado miércoles 28 de enero, en la lista de acuerdos de la Segunda Sala Penal Regional del Distrito Judicial Bravos, se publicó un documento en el que se indica que, como parte del acuerdo 162/25, se revoca la sentencia absolutoria emitida a favor de Naomy Yamilé, en el juicio 137/25, presidido por la jueza, Nancy Denisse Jiménez.

Ya se había emitido una condena en su contra, misma que hasta el momento no es publicada por el Órgano de Administración Judicial del Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua.

Al finalizar el quinto juicio una de las madres de familia, cuyo hijo fue víctima en el juicio pasado, comentó que ya había sido informada de la decisión tomada por el magistrado de la Segunda Sala Regional, mientras que el defensor de Naomy Yamilé, aseguró que desconocía la resolución y que esperaban la notificación por parte de las autoridades judiciales.

Dicha situación, provocaría que la acusada llegue a la mitad de los procesos penales que se han abierto en su contra (10, de acuerdo con información de la FEM), con un récord de dos condenas en su contra por tres absoluciones.

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Por José Estrada

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