La auditoría especial forense practicada al Instituto de Cultura del Municipio de Chihuahua en el que se abordó la adjudicación directa de la obra “La golondrina y el príncipe”, permanece en “revisión” de acuerdo al portal oficial de la Auditoría Superior del Estado.
La ASE inició esta auditoría para verificar el procedimiento de contratación ICM-JUR-18/2022 por un monto de 34 millones 800 mil pesos, por posibles conductas irregulares denunciadas entre el ente fiscalizado y la empresa denominada AEFE, S.A. de C.V.
La auditoría notificó 3 hallazgos al ICM, la primera que realizó cambios en el convenio modificatorio sin autorización expresa del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto de Cultura del Municipio de Chihuahua, el cual inicialmente era la” Plaza del Ángel” y se cambió al denominado “Parque el Palomar”.
La segunda observación se hizo por la falta de evidencia de publicación en el Portal de Internet del ICM y en la Plataforma Nacional de Transparencia del contrato y convenio modificatorio, situación que, aunque trató de ser justificada por el Instituto por la “migración de la web oficial”, quedó como no aclarada para la auditoría.
La observación 3, se hizo porque el registro contable estaba en una cuenta distinta a la establecida en la normatividad aplicable, es decir, el ICM registró la cantidad de 17 millones 400 mil pesos por el recurso recibido de Gobierno del Estado en una subcuenta contable 4221-2 denominándola “Transferencias Extraordinarias”, perteneciente a la cuenta “4.2.2.1 Transferencias y Asignaciones”, debiendo registrarse en la cuenta “4.2.1.3 Convenios”.
En este sentido, la ASE solo pidió que se asegure que invariablemente se registren las operaciones financieras en apego a lo dispuesto en el denominado “Plan de Cuentas” del Acuerdo por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental, por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).
Además de asegurar que en lo subsecuente se difundan de manera permanente la información de sus contratos y convenios modificatorios en su portal de internet y a través de la Plataforma Nacional de Transparencia.
Y presentar una acción Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria para que el órgano Interno de Control sancione por las posibles irregularidades de los servidores públicos que, en su gestión, suscribieron el convenio modificatorio ICM-CONV-MODIF-01/2022, por no contar con la aprobación del comité.
Sobre los pagos, el monto no licitado de la obra y las denuncias señaladas por artistas, promotores y activistas culturales, no hubo ninguna observación, por lo que en términos del artículo 40 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua, durante la ejecución de la revisión no se impusieron multas, ni se encontraron datos relevantes.
Cabe señalar que la empresa reportó que se llevaron a cabo 12 funciones del 11 de noviembre al 4 de diciembre de 2020, con una duración aproximada de 2 horas con 15 minutos cada una, “siendo un evento nunca antes visto con un escenario “, con 70 bailarines y actores en escena, en su mayoría talento local, 25 temas interpretados por solistas y aproximadamente 50 mil asistentes en el total de las presentaciones.
La ASE informó que también realizó inspección física al mobiliario adquirido, el cual se encuentra en desuso “desmontado y almacenado” en la bodega y oficinas del Instituto de Cultura del Municipio de Chihuahua, el Centro Cultural Quinta Carolina, en espacios de la Secretaría de Cultura ubicados en las colonias Ávalos y Centro.
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