La reducción del IVA y el ISR en la frontera anunciada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, pareciera ser en un principio una estrategia mediática, pues sus beneficios están limitados por requisitos difícil de cumplir por los contribuyentes, refirieron especialistas en derecho fiscal consultados por NORTE.
En principio no se trata de una disminución generalizada que aplique de forma inmediata en todos los establecimientos de la frontera, porque el descuento se dará a través de un estímulo fiscal solo a negocios que lo soliciten.
Luego de registrarse en un padrón, a la espera de la autorización del SAT, los solicitantes deben cumplir con un requisito que más parece una barrera.
De acuerdo con un reporte de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE) no se estima conveniente otorgar el estímulo fiscal a los contribuyentes que han incurrido en conductas dolosas para evadir el cumplimiento de obligaciones fiscales.
“No podrán aplicar el beneficio mencionado los contribuyentes a quienes se les haya aplicado la presunción de inexistencia de operaciones amparadas con comprobantes fiscales, entre otros supuestos”, explica una presentación de la ANADE firmada por la especialista Isabel Meraz Ceballos.
Además de una docena de categorías que detallan quienes no son susceptibles de acceder al estímulo, tampoco podrán obtenerlo los contribuyentes a quienes se les hayan ejercido facultades de comprobación respecto de cualquiera de los cinco ejercicios fiscales anteriores a la entrada en vigor del Decreto y se les haya determinado contribuciones omitidas, sin que hayan corregido su situación fiscal.
Especialistas como Alejandro Sandoval Murillo calificaron la medida como poco funcional, porque se impuso una especie de muro económico en detrimento de los contribuyentes.
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