A continuación, se detallan algunos de los impactos sobre la iniciativa para prohibir el outsourcing o subcontratación laboral en las empresas:
El presidente Andrés Manuel López Obrador envió la iniciativa a la Cámara de Diputados, donde se votará:
- Con ciertas excepciones, se prohibirá subcontratar a trabajadores en las empresas. Dicha acción consiste en que una persona física o moral proporcione o ponga a disposición trabajadores propios, en beneficio de otra compañía.
- Únicamente se permitirá la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica de la empresa beneficiaria de los mismos.
- Las empresas o patrones que recurran en la prestación de servicios especializados con un contratista que incumpla las obligaciones con sus trabajadores serán los responsables solidarios de los trabajadores implicados.
- Las empresas que presten servicios especializados requerirán autorización por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (Styps), y se renovará cada 3 años; además, quedarán inscritas en un padrón público.
- Se permitirán las agencias de colocación, pero estas solo podrán intervenir en el proceso de contratación (reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, entre otras actividades). En ningún caso se considerarán como patrones.
- La violación a las nuevas disposiciones implicará multas de 2 mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA); esos valores van de los 173 mil 760 pesos hasta los 4 millones 344 mil 000 pesos.
- Los pagos por concepto de subcontratación de personal no tendrán efectos fiscales de deducción o acreditamiento; además, las irregularidades se procesarán como un delito de defraudación fiscal.
- Una vez aprobada, la reforma entrará en vigor el 1 de enero de 2021; la Styps deberá expedir reglas. Una vez publicadas las reglas, las empresas de servicios especializados tendrán 6 meses para obtener la autorización.
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