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Expiden Ley del Instituto del Fondo Estatal de Vivienda para trabajadores del Estado

Esta normativa permitirá que los trabajadores del Estado puedan adquirir o construir una vivienda por medio de créditos o por esquemas de arrendamiento social

Por Ilse Gómez | Norte Digital | 4:15 pm 22 septiembre, 2026

El Congreso de Chihuahua aprobó el dictamen por medio del cual se expedirá la Ley del Instituto del Fondo Estatal de Vivienda para las Personas Trabajadoras al Servicio del Estado, como mecanismo para que tengan mayores alternativas para acceder a una vivienda digna, mediante la creación del Instituto.

Este dictamen fue elaborado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social derivada de la necesidad de contar con una estructura administrativa y un marco jurídico específico que permita a los trabajadores del Estado acceder a un fondo destinado a adquirir una vivienda.

La ley expedida establece las bases para la operación del organismo público descentralizado que estará dotado de personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión.

Otros de los objetivos de esta ley son establecer lineamientos generales de la política de vivienda, así como programas, instrumentos y apoyos para la producción de vivienda en la entidad; implementar un ordenamiento jurídico que regule y promueva los programas, instrumentos, apoyos y acciones de los sectores público, privado y social dirigidas a garantizar el derecho a una vivienda digna y decorosa para las personas trabajadoras al servicio del Estado.

Tambien se pretende regular la organización administración, operación, desarrollo, control, vigilancia y rendición de cuentas del Instituto, atendiendo a sus objetivos y a la naturaleza de sus funciones; además, establecer y aplicar criterios de apoyo y fomento para la construcción, la compra o la renta de vivienda en la entidad, y establecer las competencias y responsabilidades particulares de los órganos de gobierno para asegurar el cumplimiento de su obligación de respetar, garantizar, proteger y fomentar el derecho de las Personas Trabajadoras a una vivienda digna.

El patrimonio del Instituto se integrará con las aportaciones en numerario, servicios y subsidios que proporcione el Gobierno Federal, el Gobierno Estatal y/o los sectores privado y social, así como los ingresos que obtenga motivo de los servicios que preste tanto a particulares como entes públicos de los tres órdenes de Gobierno, los cuales se determinarán en los términos de las políticas que emita el Consejo de Administración; además con los montos que se obtengan de las actualizaciones, recargos, sanciones y multas; los créditos que obtenga; los bienes y derechos que adquiera por cualquier título; los rendimientos que obtenga de la inversión de los recursos, y cualquier otra percepción que obtenga el Instituto.

El instituto contará con un Órgano Interno de Control con autonomía técnica y de gestión y desarrollará sus funciones conforme a los reglamentos y/o lineamientos aplicables destacando entre sus atribuciones el fiscalizar y verificar el ejercicio de gasto del Instituto se realice de manera adecuada, realizar los informes correspondientes de las revisiones y auditorías realizadas para verificar la correcta aplicación de los recursos y bienes.

Dentro de los artículos transitorios se estableció que el Ejecutivo Estatal tendrá 190 días hábiles para presentar el marco normativo correspondiente. Asimismo, las aportaciones comenzarían a causarse a partir de la creación del Instituto y el primer Consejo Directivo deberá instalarse con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Estatal de 2027.

En el primer año de servicios del Instituto se deberá priorizar el otorgamiento de créditos a las personas trabajadoras que no tengan vivienda propia y que cuenten con menores niveles salariales.

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