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Pendientes, los castigos por omisiones en el Club Campestre

Fotografía: Archivo

Ellos no saben de austeridad

Tiene el Municipio responsabilidad jurídica por desvíos del DIF

Oscar Altamirano, asesor legal de la asociación Ciudadanos por el Interés Público, concluye que aunque el alcalde y su esposa son protagonistas principales en la violación a la ley, no se hubiera realizado sin la autorización de regidores y contralor

Por Luis Villagrana | 12:07 pm 16 diciembre, 2019

El sometimiento de los miembros del ayuntamiento de Juárez al alcalde Armando Cabada llega hasta autorizar el despojo de 13.7 millones de pesos de los programas de atención a niños vulnerables del DIF para financiar sus fiestas, con violaciones a disposiciones legales estatales y locales, que permanecen sin sanción.

Lo anterior se desprende de un análisis jurídico sobre el caso, elaborado por el asesor de Ciudadanos por el Interés Público Oscar Altamirano, en el que señala el catálogo de violaciones en los que incurrieron varios funcionarios.

Entre ellos, en principio, el alcalde Armando Cabada, la presidenta del DIF Alejandra Carrillo de Cabada, el oficial mayor Víctor Manuel Ortega -del Comité de Adquisiciones-, en representación del presidente, además de los integrantes de la Comisión de Hacienda, la panista Amparo Beltrán y los independientes Mónica Patricia Ríos y Carlos Ponce Torres, este último coordinador de su fracción edilicia.

Guarda silencio DIF ante recorte millonario de su presupuesto para fiestas del alcalde

«Esta derivación del presupuesto del DIF hacia el gasto de la Presidencia municipal no pudo realizarse sin la iniciativa del Ayuntamiento; es decir, sin la autorización del grupo de los regidores y del alcalde y sin la autorización de la presidenta del organismo descentralizado», expresa Altamirano, también catedrático de la UACJ.

En los hechos del caso, del análisis, Altamirano consigna el recorte de fondos al DIF en los tres últimos años: 6 millones de pesos en 2019, 5.8 millones en 2018 y 3.2 millones en 2017, que junto con una parte aportada por el Municipio, derivada de la recaudación de impuestos, da un total de 34 millones de pesos para gastos de estas celebraciones.

El total de los recursos utilizados por el Gobierno municipal para organizar la celebración de los tres últimos Gritos de Independencia, de la Feria Juárez y festejos para recordar a Juan Gabriel es de 50 millones de pesos, agrega Altamirano en su análisis.

El gasto más reciente en este rubro es la construcción del paseo Juan Gabriel, ubicado a un costado de la casa del cantante, entre la avenida 16 de Septiembre y calle Ignacio Zaragoza, inaugurado el 13 de diciembre, en donde el Municipio gastó 7 millones de pesos, según el quinto informe de la sindicatura.

Ellos no saben de austeridad

En su planteamiento legal, Altamirano encuentra que el gasto de 13.7 millones de pesos de presupuesto del DIF es contrario a las acciones del Plan Municipal de Desarrollo (PMD) 2018-2021, además de responsabilidad administrativa del Cabildo, que tiene la facultad de instruir a Contraloría municipal que investigue el desvío millonario.

Pese a que el contralor Ortega tiene facultades para investigar el mal uso de los recursos, no solo es omiso, también avaló el gasto de forma directa como cabeza del Comité de Adquisiciones, junto con Beltrán, Ríos y Ponce Torres.

En el caso del Grito de Independencia de este año, los funcionarios y ediles sesionaron el viernes 26 de agosto para autorizar el desvío en una votación unánime de la totalidad de los regidores.

Ese mismo día, 26 de agosto, unas horas antes de la sesión de Cabildo, el administrador de la Ciudad, Rodolfo Martínez, presentó la propuesta del gasto para el festejo y a la empresa que se haría cargo de la organización, Espectáculos RP S.A. de C.V., sin presentar ningún sustento legal.

‘Municipio no solo desvía recursos del DIF para fiestas, también para espectáculos de Don Boletón’

Ese viernes también se materializó la decisión de Carrillo, presidenta del DIF y esposa del alcalde, de recortar fondos al organismo, pese a que es contrario al objeto social de la institución, además de constituir el posible delito de desvío de recursos públicos.

Altamirano indica que el manejo del presupuesto que hace la presidenta del DIF carece de eficiencia y honestidad, dado que al comparar el recurso entregado a fiestas este año -que es de 6 millones de pesos- con el monto de ingresos del organismo -de 11.6 millones de pesos- con el de cuentas por pagar -de 145 millones de pesos-, conforme al propio informe financiero de este año del organismo, se observa un evidente desequilibrio.

El abogado indica que los mencionados, en su calidad de funcionarios públicos, les es aplicable la legislación estatal en sus artículos 6 y 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas 

En su artículo 6 señala que todos los entes públicos están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, agrega Altamirano en su análisis.

El DIF, la caja chica de Cabada para las fiestas

Expresa que en el artículo 7 de esta ley los servidores públicos deberán «administrar los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez…», lo que no ha ocurrido en este caso.

Enfatiza el caso de la actuación de Ortega, el contralor municipal, por su conducta omisa en cumplir con sus obligaciones establecidas en el Reglamento de la Administración Pública Municipal, en su artículo 61, que son de fiscalización y de ejecución de medidas de control y vigilancia.

«Las conductas referidas generan responsabilidad administrativa a los funcionarios que tuvieron participación en la autorización del desvío de los recursos económicos del DIF a favor de las actividades de la Presidencia municipal», enfatiza el abogado.

Al considerar que las faltas son de las consideradas graves, Altamirano indica que el artículo 54 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas considera responsable de desvío de recursos al servidor que autorice, solicite o realice actos para la asignación o desvíos de recursos públicos, sean materiales, humanos o financieros, sin fundamento jurídico o en contraposición a las normas aplicables.

Presidenta del DIF podría ser imputada por desvío de fondos a fiestas del alcalde: Irma Medrano

Agrega que por su parte en el artículo 57, de la misma ley, considera que incurrirá en abuso de funciones el servidor público que ejerza atribuciones que no tenga conferidas o se valga de las que tenga, para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarios, para generar un beneficio para sí o para las personas a las que se refiera esta Ley.

El abogado concluye que se percibe con «meridiana claridad» que la conducta de desvío de recursos del DIF a favor del gasto del alcalde  involucra la desatención de los planes de desarrollo municipal.

Agrega que es posible fincar responsabilidades al Cabildo y a la Contraloría, dado que omitieron ejercer sus facultades en los términos de la ley aplicable, además a la presidenta del DIF, quien finalmente autorizó la entrega del dinero público para cubrir los gastos del Grito de Independencia.

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