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Congreso de Chihuahua, diputados plurinominales

Fotografía: Archivo

Elecciones 2021

¿Quién y cómo se elige a los diputados plurinominales?

Alcanzan plurinominales quienes postulen candidatos a diputados en 14 o más distritos y tengan mínimo el 3 % del la votación, dice el reglamento

Por Pavel Juárez | 10:09 am 21 junio, 2021

La etapa de cómputo distrital concluyó en tiempo y forma tanto en el ámbito federal como en el local. Por lo tanto, los órganos electorales ahora pasarán al proceso de asignación de diputaciones de representación proporcional (plurinominales) para la integración de las próximas legislaturas.

En el caso de Chihuahua, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE) estará en condiciones de expedir a cada partido político las constancias de asignación de diputados plurinominales a más tardar el 23 de agosto; sin embargo, aún faltan por cumplir una serie de procesos pendientes.

El Congreso del Estado se integra por 22 diputados de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales. Además, hay 11 plurinominales que se definen con base en una circunscripción, indica el artículo 11 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.

La legislación local apunta que tendrán derecho a participar en la asignación de diputados, según el principio de representación proporcional, los partidos políticos que acrediten haber postulado candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa en 14 o más distritos electorales y alcancen cuando menos el 3 por ciento del total de la votación estatal válida emitida.

El PRI gobernará el 41 por ciento del estado los próximos 3 años

PAN, PRI y MC aseguraron sus plurinominales

De acuerdo con los resultados oficiales, solamente el PAN, el PRI, Movimiento Ciudadano y Morena alcanzaron al menos el 3 por ciento de la votación. Por lo tanto, tienen derecho a “acomodar” a sus candidatos plurinominales de las listas que entregaron al IEE y que el mismo órgano avaló.

Una vez que concluya el cómputo de la elección y que el Tribunal Estatal Electoral resuelva los juicios de inconformidad que se interpongan respecto de la elección de diputados, el Consejo Estatal del IEE sesionará para realizar el cómputo en la entidad y asignará diputados electos por el principio de representación proporcional. La fecha límite para completar este proceso es el próximo 23 de agosto.

¿Quién los nombra?

El artículo 17 de la Ley Electoral indica que, para la asignación de diputados plurinominales, cada partido político deberá registrar una lista de seis fórmulas de candidatos propietarios y suplentes; sin embargo, no podrá contener más de la mitad de candidatos de un mismo género.

Las diputaciones plurinominales que correspondan a cada partido se asignarán alternada y sucesivamente. Primero utilizarán el sistema de listas previamente registradas; en segundo lugar atenderán a los más altos porcentajes obtenidos -de la votación total- en su distrito por cada candidato del mismo partido.

Regidores ‘pluris’

La legislación local también contempla la asignación de regidores plurinominales. Tendrán derecho a que les asignen regidurías de representación proporcional a las planillas registradas que no hayan obtenido el triunfo de mayoría relativa y hayan alcanzado por lo menos el 2 por ciento de la votación municipal válida emitida.

En este supuesto entrarían las planillas de Morena, PAN, Movimiento Ciudadano y PRI. Tanto el Partido Verde como Encuentro Solidario estuvieron muy cerca de obtener el mínimo requisito; sin embargo, se quedaron a dos décimas de alcanzar el 2 por ciento de la votación.

Los ayuntamientos podrán tener adicionalmente nueve regidores según el principio de representación proporcional.

Para su distribución, se hará mediante rondas de asignación entre los partidos políticos o coaliciones con derecho a ello, atendiendo al orden decreciente del porcentaje de votación obtenido por cada uno de ellos. En una primera ronda asignarán una regiduría a cada planilla que obtuvo al menos el 2 por ciento de la votación municipal válida emitida.

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