Carlos Mendoza Luján, representante Legal y abogado defensor del exgobernador César Horacio Duarte Jáquez, confirmó que la resolución del estudio de fondo al amparo 27/2020 le coloca a un paso de alcanzar su libertad ante las autoridades estadounidenses.
En el estudio del amparo se sustentaba con base a la reciente reforma en materia de la Ley de Amparo. El documento indica que todo acto de molestia, ya sea orden de aprehensión o detención en flagrancia, debe justificarse.
Así que la omisión de la Fiscalía de Chihuahua se fundamenta en no entregar el expediente de acusaciones.
No hay justificación para mantener preso al exmandatario, porque se desconoce el motivo de la detención mediante un documento con validez para las normas internacionales. Por ello, su extradición estaría lejos de concretarse.
Con lo anterior, la Fiscalía de Chihuahua tendría que reponer el proceso y comenzar nuevamente la solicitud de extradición.
Argumentos en defensa de Duarte
El titular del despacho jurídico, con sede en la Ciudad de México, afirmó que «el Quejoso (Duarte Jáquez ) sostiene, sustancialmente, que se viola en su perjuicio el derecho de defensa, la garantía de audiencia, presunción de inocencia y seguridad jurídica, debido a que desconoce de manera cierta, real, eficaz, precisa y a cabalidad los hechos con apariencia de delito que se le imputan y los datos de prueba aportados, por los cuales se realizó su detención el ocho de julio de dos mil veinte, en el estado de Florida en los Estados Unidos de Norteamérica” ( foja 811 del expediente ). Y agregó que estos hechos y argumentos que aportó la defensa están fundados.
Mendoza solicitó los registros de carpetas de investigación atendiendo los supuestos previstos en el artículo 218, párrafo tercero del Código Nacional de Procedimientos Penales. Y explicó que reiterada e inconstitucionalmente tanto el Juez de Control del Distrito Judicial Morelos como la Fiscalía estatal se los negaron varias veces.
“Se considera que la negativa de ordenar a la Fiscalía se le permita el acceso a los ‘registros’ que integran la carpeta de investigación que originó la causa penal 3041/2019, viola el derecho fundamental de defensa adecuada del quejoso”, argumentó.
¿Suspensión de extradición?
“Esta violación flagrante y reiterada por parte de las autoridades repercutirá como hecho y prueba superviniente de las violaciones reiteradas de las autoridades estatales en aras a fabricar delitos, desarrollar venganzas y promover odios y divisiones entres familias y sectores de la sociedad, con fines nada claros”, detalló.
“Eso, sin duda, podrá ser tomado por las autoridades estadounidenses para la negación de la extradición del exgobernador”, agregó.
“Ya no solo es un hecho de lógica jurídica. Está corroborado en la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Tratado de Extradición entre EU y México y la Ley de Extradición Internacional”, finalizó.
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