De manera obligatoria, deberán cerrar todo tipo de establecimientos comerciales no esenciales hasta el próximo 19 de abril, según decreto oficial que fue publicado hoy miércoles 25 de marzo en el Periódico Oficial del Estado, por disposición del gobernador Javier Corral.
El decreto menciona que “se ordena el cierre temporal de los establecimientos o centros de reunión: cines, teatros, museos, bares, salones nocturnos, parques turísticos, parques recreativos con aforos mayores a 50 personas por hectárea, así como balnearios y zoológicos, gimnasios, spas, baños de vapor, casinos, restaurantes, o establecimientos cuyo giro sea la preparación y venta de alimentos para consumo dentro de las instalaciones”.
“No obstante se permitirá la operación de dichos establecimientos siempre y cuando ésta sea restringida a las modalidades de servicio a cuartos, pedidos a domicilio o para llevar, que en ningún caso implique el consumo de alimentos y bebidas en el interior del local”.
También la medida deberá aplicar a centros comerciales y sus accesos a través de los comercios o del exterior.
Los establecimientos a los que se les permitirá mantenerse abiertos, son: La industria de manufactura, comercio y prestación de servicios, tiendas de abarrotes, supermercados, mercados de abastos y sus semejantes, así como negocios cuyo objeto sea la provisión de alimentos y enseres de la vida diaria; farmacias, transporte público, guarderías o centros de cuidado infantil, albergues para jornaleros, migrantes, personas en situación de calle y sus semejantes; hospitales y establecimientos residenciales para tratamiento de adicciones, instituciones bancarias y de telecomunicaciones.
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