El final del año se acerca y con ello, una de las últimas festividades patrias; la conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana. Un levamiento armado que comenzó en 1910 encabezado por Francisco I. Madero, quien con la promulgación del Plan de San Luis, comandó al pueblo a luchar contra la dictadura de Porfirio Diaz Mori.
Tras más de un siglo de aquella noche histórica, el pueblo de México sigue recordando a aquellos personajes que forjaron una de las etapas más trascendentales del país y cuyos efectos siguen teniendo repercusión hasta esta fecha.
Por lo anterior, es que es uno de los días festivos incluidos en la Ley Federal del Trabajo como un día de asueto oficial para los trabajadores y estudiantes alrededor de la República.
En esta ocasión, debido a que la fecha a conmemorar, el 20 de noviembre, cae en miércoles, se decidió mover el día festivo al lunes 18 de noviembre, con la intención de que se haga un “puente” con el que los ciudadanos puedan disfrutar un día de descanso adicional al fin de semana, y tengan oportunidad de realizar más actividades o de alguna “escapada” por sitios turísticos cercanos.

¿Qué pasa si me toca trabajar este día?
En caso de que, por las condiciones del trabajo, toque la fortuna, o desgracia, de ir a laborar durante este día, el articulo 75 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla lo siguiente:
“Las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple”.
¿Qué otros días festivos se aproximan?
De acuerdo con lo estipulado en el calendario de la LFT, los próximos días festivos que se aproximan son el 25 de diciembre, día festivo por el festejo de la Navidad, y el 1 de enero, en conmemoración por el inicio del 2025.
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