El juez de control Juan Antonio Riestra Ramos, encargado de revisar la causa penal 3448/25 en contra de José Luis A.C. por el delito de inhumación, relacionado con el hallazgo de 386 cuerpos en el crematorio Plenitud, rechazó la solicitud planteada por la Fiscalía General del Estado (FGE) para ampliar el plazo de investigación complementaria.
Durante la audiencia, realizada la tarde de ayer, el Ministerio Público, así como una representante de víctimas indirectas adscrita a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado (Ceave), argumentaron que en los últimos meses habían quedado pendientes dos actos de investigación “esenciales para la investigación, el acceso a la verdad y a una reparación del daño justa”.
En específico, señalaron que entre noviembre y diciembre programaron dos diligencias de investigación que quedaron pendientes: la primera, entre finales de noviembre e inicios de diciembre, es una solicitud de información a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Lo anterior, con el propósito de obtener información bancaria que pudiera ayudar a determinar cuánto fue el monto monetario con el que se benefició el imputado, operando el crematorio Plenitud.
Sin embargo, mencionaron que cuando el juez aprobó la solicitud de información, el 6 de diciembre de 2025, se toparon con un problema en la plataforma de la CNBV, ya que por el periodo vacacional dejaron de atender solicitudes desde el 5 de diciembre.
De igual manera, indicó que dos testigos anónimos presentaron ante la FGE dos dispositivos celulares que “pudieran tener información relevante para el caso”, por lo que se pidió ante un juez la autorización para realizar la extracción de datos a dichos dispositivos.
Pese a que la solicitud y la autorización se llevaron a cabo previo a finalizar el plazo de investigación, con fecha límite del 4 de enero de 2026, se mencionó que el área de Informática de la FGE todavía no había realizado dicha diligencia, por lo que solicitaron que se aumentara el plazo de investigación por dos meses, para concluir con los actos de investigación.
Sin embargo, el defensor del imputado, presentó una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se estableció que, para defender los derechos procesales, tanto del imputado como de las víctimas, el tiempo límite para llevar a cabo todos los actos de investigación era de seis meses posteriores a la vinculación a proceso penal.
Por lo anterior, el juez de Control rechazó la solicitud de Ministerio Público y Ceave, declarando el cierre de la investigación, en torno a la tragedia ocurrida en el crematorio Plenitud.
Como siguiente parte del proceso, la FGE tendrá que presentar la acusación formal en contra del imputado o, en su defecto, solicitar el sobreseimiento de los cargos en su contra.
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