El 20 de junio de 2018 fue promulgada la histórica Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua, la cual incluye mecanismos que permiten la inclusión de los ciudadanos en la toma de decisiones del Gobierno a través de figuras como la iniciativa ciudadana, el plebiscito o el referéndum y que incluso va más allá al establecer la revocación de mandato.
Un año a la distancia, la que había sido una ley “fantasma” por ser desconocida para la mayoría de los ciudadanos, cobró fuerza en 2019 luego de que un ciudadano en Chihuahua capital se fundamentó en lo dispuesto por la ley para solicitar la revocación del gobernador Javier Corral por considerar una serie de incumplimientos de su administración y que acaparó los titulares de la mayoría de los medios de comunicación.
No mucho tiempo después, este mismo año, ocurre que los proyectos emblemáticos de las administraciones de Armando Cabada en Juárez y María Eugenia Campos en Chihuahua deben ser llevados a consulta pública para que los ciudadanos decidan si se lleva a cabo o no la sustitución de la totalidad de los sistemas de alumbrado público en ambos municipios.
Hace precisamente un año, cuando fue promulgada la ley, el mismo gobernador Javier Corral reconoció la necesidad de establecer mecanismos efectivos que ponen al ciudadano en el centro de las decisiones y de las políticas públicas, reconociendo e impulsando el derecho humano a la participación.
La citada ley permite a los chihuahuenses retirar el mandato a una autoridad electa de manera directa por el pueblo, empezando por el gobernador, así como los mandos de todos los niveles, incluidos los diputados, alcaldes y síndicos, cuando estos no cumplan a los ciudadanos.
La Ley de Participación Ciudadana reconoce además instrumentos de participación social como las audiencias y consultas públicas, la planeación participativa a través de consejos consultivos, el presupuesto participativo mediante el cual quienes habitan en cada municipio decidirán el destino de un porcentaje del presupuesto de egresos municipal de cada año, por medio de consultas directas a la población.
Contempla también mecanismos de participación social para niñas, niños y adolescentes, entre otros.
“No queremos más leyes de proclama, sino leyes que se encarnen en los hechos y que obliguen a los servidores públicos, empezando por el gobernador y seguido por todos los niveles del estado para poner en marcha las premisas que tanto han costado al estado de Chihuahua”, dijo en aquel entonces Javier Corral.
La participación ciudadana no es una graciosa concesión, sino que se ha convertido en un valor universal que a diario reclama y conquista nuevos espacios, que tiene amplio respaldo en los tratados internacionales firmados por México y que confirma la tendencia en el mundo de la modernidad política, de que las autoridades gobiernen con los ciudadanos.
Bajo ese tenor, fue que en marzo de este año, el ciudadano Óscar Humberto Chávez solicitó al Instituto Estatal Electoral la implementación del mecanismo de revocación de mandato para el gobernador, bajo el argumento de incumplimiento de promesas a los chihuahuenses. La solicitud fue rechazada por el IEE, decisión que fue ratificada por el Tribunal Estatal Electoral.
Más recientemente, y luego de que los alcaldes de Juárez y Chihuahua anunciaron la sustitución de todo el alumbrado público en ambos municipios, ciudadanos organizados de ambas poblaciones solicitaron al IEE la organización de un plebiscito para que los ciudadanos decidan si se llevan a cabo ambos proyectos. En este caso el IEE aceptó la solicitud y antes de 90 días deberá llevarse a cabo la consulta.
Tras lo anterior, el IEE ha iniciado una estrategia para socializar los mecanismos e instrumentos a disposición de los ciudadanos, a través de la Ley de Participación Ciudadana.
Sin embargo, dicha ley aún debe ser adecuada, pues en este momento tanto el IEE como el Congreso local han reconocido que no existe presupuesto para solventar la organización de un plebiscito. También prevalecen dudas si la aplicación de revocación de mandato (cuando esta proceda) será solo contra un gobernante en el caso de alcaldes o si también incluirá a toda su planilla registrada durante las elecciones, incluidos los regidores.
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