La elección del Poder Judicial está a la vuelta de la esquina. Este domingo, miles de ciudadanos a nivel nacional saldrán a las calles a escoger quienes impartirán justicia en los próximos años, ya que se designarán desde magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hasta jueces de control en lo penal, civil y familiar.
Ante una de las elecciones más grandes de la historia, principalmente por el número de cargos a elegir, así como por la cantidad de candidatos, la figura de los observadores electorales adquiere una mayor relevancia para que este ejercicio democrático se realice de la mejor manera.
Por lo anterior, del pasado 17 de diciembre, al 7 de mayo, el Instituto Nacional Electoral (INE), abrió la convocatoria para que, quienes estuvieran interesados, se convirtieran en observadores electorales.
Los requisitos, más allá de ser ciudadano mexicano y presentarse al curso de capacitación, incluyen que no fuera servidor público, candidato o representante de algún partido político.
En todo el estado, según datos del INE, poco más de 13 mil 600 personas se registraron para ser observadores electorales, de los cuales, aproximadamente 5 mil (36 por ciento) se habían inscrito para cubrir la elección en el Distrito Bravos, que incluye Juárez, Ahumada, Guadalupe y Práxedis.
¿Qué facultades tienen los observadores electorales?
Según el área de comunicación del INE, los observadores electorales podrán revisar, desde la instalación de las casillas hasta la clausura de las mismas.
Además, tienen la facultad de que, en caso que así lo deseen, presentarse en una, o varias casillas, durante el desarrollo de la jornada electoral, independientemente del lugar que tienen registrado como domicilio en la credencial de elector.
De igual manera, pueden solicitar información necesaria a los órganos desconcentrados del INE para el desarrollo de sus actividades, mientras dicha información no sea reservada en los términos de la ley.
Asimismo, se les permite presentar ante la autoridad electoral un informe de actividades, de acuerdo con lo establecido en el Consejo General del INE.
Entre lo que tienen prohibido hacer, se encuentra:
- Sustituir, obstaculizar o interferir en el desarrollo y ejercicio de las funciones de las autoridades electorales.
-Declarar tendencias sobre las opiniones del Proceso Electoral.
- Externar ofensa, difamación o calumnia en contra de las autoridades electorales o partidos políticos.
- Declarar el triunfo de cualquiera de las respuestas posibles al Proceso Electoral.
- Portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con partidos políticos, candidatos o candidatas, posturas políticas o cualquiera de las respuestas del Proceso Electoral.


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