La Fiscalía General del Estado (FGE) interpondrá un recurso de revisión y una queja en contra del amparo que permitió anoche liberar al dueño del crematorio Plenitud y, una vez que se logre reponer la medida, “puedo garantizar que de dónde esté, lo traemos”, afirmó este sábado el fiscal general del Estado, César Jáuregui Moreno.
El imputado, José Luis A.C., quien ahora puede continuar su proceso en libertad, es un ciudadano estadounidense contra el que no existe ninguna restricción que le impida cruzar la frontera, explicó el funcionario.
Respecto a la decisión del juzgado federal Séptimo de Distrito, señaló que fue obvio que hubo un cambio de criterio después que se eligieron nuevos jueces con el reformado sistema de justicia.
Se hace evidente, indicó, que hay un cambio radical de criterio, aunque no tiene prueba para afirmar que la resolución tiene una connotación distinta a la del criterio del juez.
“Lo que yo sí creo, es que la resolución evidencia falta de rigor jurídico, e ignorar lo que acontece en tu comunidad y el daño que se había hecho, de las probanzas que aportó Fiscalía, de los 386 cuerpos”, afirmó.
Con relación a la posibilidad de que el imputado pueda darse a la fuga, ya que no se le impuso ninguna medida restrictiva, el fiscal dijo que no puedo garantizar que no salga del país, pero sí que de dónde esté lo traerán de vuelta.
Jáuregui informó que anoche el juez federal Séptimo de Distrito, con cabecera en Ciudad Juárez, otorgó el amparo para darle libertad inmediata al dueño del crematorio Plenitud, acusado formalmente por delitos relacionados con la operación de dicho recinto.
Dijo que fue puesto en libertad después de las 8:00 de la noche en acatamiento al ordenamiento judicial.
El jefe del Ministerio Público reprochó la decisión, recordando que antes de que hubiera cambio de jueces, por la elección de julio del año pasado, en el mismo juzgado séptimo, una jueza había establecido una resolución en sentido opuesto.
La defensa del imputado, recordó, había interpuesto entonces un amparo contra la prisión preventiva, pero le fue negado en virtud de que se trataba de 386 cadáveres que llevaban meses apilados sin un manejo adecuado y esto implicaba un riesgo para la comunidad.
“¿Qué resolvió esta juez? Que la justicia federal no protegía y no amparaba a este sujeto, es una resolución del mismo juzgado, antes de que se diera el cambio de juez”, insistió.
En ese sentido, remarcó que las investigaciones de la Fiscalía probaron de forma contundente que había 386 cadáveres sin un tratamiento adecuado y que tenían en ese lugar no días, ni meses, sino años, bajo las condiciones más insalubres.
“Probamos que a muchos familiares se les hizo entrega de urnas funerarias, conteniendo restos que no correspondían a sus seres queridos”, remarcó.
De acuerdo a lo que quedó establecido en la argumentación del amparo, relató Jáuregui en la rueda de prensa, ahora el juzgador federal consideró que no se acreditaban los tipos penales que señalan en el fuero local (ocultamiento), y en el federal la conservación de cadáveres.
“Él dice que aquí no hay ocultamiento, porque ocultar es algo parecido a esconder y entonces dice que, aunque la conducta es reprochable, inmoral, antiética, improfesional, no es delito”, señaló.
En el caso del delito contemplado en la Ley General de Salud, el tipo penal dice que se impondrá de seis a 17 años de prisión al que ilícitamente obtenga, conserve, utilice, prepare o suministre órganos, tejidos y sus componentes cadáveres o fetos de seres humanos.
En este supuesto, el fiscal insistió en que el ahora liberado conservó ilícitamente a 386 cuerpos “y lo acreditamos plenamente, por lo que los jueces locales nos concedieron tanto la orden de aprehensión, la vinculación a proceso y la prisión preventiva por la peligrosidad y lo que había hecho”.
Frente a una resolución así -dijo, en referencia al amparo- no queda más que combatirla y la Fiscalía lo que hará inmediatamente es presentar dos recursos, uno de revisión frente a los jueces de alzada del propio Poder Judicial Federal, a fin de que recompongan esta sentencia de amparo y vuelvan las cosas al estado en que actualmente se encuentran.
En segundo término, habrá un recurso de queja frente a los órganos de control del propio Poder Judicial, a efectos de que se revise la actuación del juez.
“Desde nuestro punto de vista, esta resolución no hace ninguna valoración de todo lo que se encontró en este asunto; no es posible que hable el juez de que no hay ocultamiento, no hay conservación, cuando se entregaron cenizas falsas a varias familias”, insistió.
Sostuvo que en esa conducta hubo un dolo evidente, no solo un error.
“Ahí no hay error, porque sé que no te estoy entregando los restos en cenizas, de la persona que viniste a que te prestara el servicio, pero te voy a engañar y te las voy a dar a efecto de yo poder no cumplir con mi trabajo y tener apilado a estas gentes”, reiteró.
El titular incluso fue más allá al cuestionar qué ulterior propósito tenía la conservación de esos cadáveres ahí, porque este sujeto ya no podía entregar muchos porque ya había dispuesto falsamente de ellos.
Refirió que más allá de tipos penales y consideraciones técnicas, “estamos en presencia de un acto que tiene que tener una sanción, para que no vuelva a ocurrir en Juárez, ni en Chihuahua ni en el país”.
Frente a este tipo de resoluciones, lamentó, la gente descree del sistema de justicia en su conjunto.
Sostuvo que una de las principales argumentaciones que se plantearon para justificar la reforma judicial, fue justamente la insensibilidad de los jueces frente a realidades sociales.
“Si algo motivó la reforma judicial, si algo había de reclamo en torno al anterior sistema de justicia, era su insensibilidad frente a la realidad que enfrentaban en sus procedimientos”, apuntó.
Esa era una de las principales críticas que se hicieron para conducir a la nueva forma de elegir jueces, insistió.
“No te puedes abstraer de todo el dolor y sufrimiento que se provocó”, dijo.
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