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Seguridad

Castigarán aliento alcohólico con multas de hasta 11 mil pesos y arrestos de 36 horas

Por primera vez se sancionará el aliento alcohólico con las penas más altas que permite la ley, especialmente para choferes de transporte público, taxis y plataformas

Por Francisco Luján | Norte Digital | 7:48 am 24 diciembre, 2025

Los recientes cambios al Reglamento de Seguridad Vial, aprobados por el Ayuntamiento, establecen por primera vez sanciones severas contra el aliento alcohólico, con multas de hasta 11 mil pesos y arrestos de entre 30 y 36 horas, el máximo permitido por la ley.

La reforma pone especial énfasis en los conductores de transporte por plataforma, taxistas, choferes de transporte público y privado, transportistas de materiales peligrosos y conductores de vehículos de emergencia, quienes deberán manejar con cero grados de concentración de alcohol en la sangre.

El nuevo artículo 230, adicionado al Reglamento, establece esta obligación y fija un régimen de sanciones diferenciado, más estricto que el aplicado a otros conductores.

Las disposiciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, lo cual podría ocurrir en los próximos días o al inicio del próximo año.

Aunque los detalles de la reforma no fueron discutidos en el pleno del Ayuntamiento que la aprobó, el documento normativo establece por primera vez una clasificación de sanciones económicas y arrestos de acuerdo con los grados de concentración de alcohol en la sangre.

Con el cambio, los conductores con aliento alcohólico —concentración de 0.001 a 0.050 mililitros de alcohol por litro de sangre— podrán ser sancionados con multas que rondan los 11 mil pesos y arrestos de hasta 36 horas en el caso de choferes profesionales.

Para el primer grado, la sanción será de 60 a 70 UMA o arresto de 18 a 24 horas; para el segundo grado, de 80 a 90 UMA o arresto de 24 a 30 horas; y para el tercer grado, de 80 a 90 UMA o de 30 a 36 horas de arresto.

El valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) equivale actualmente a poco más de 103 pesos, monto que se ajusta anualmente conforme a las disposiciones del Banco de México.

La modificación también establece que, a diferencia del reglamento aún vigente, el infractor podrá solicitar pagar la multa y retirarse sin cumplir arresto, siempre y cuando lo autorice el Juez de Justicia Cívica, bajo un protocolo médico que garantice su seguridad y la de terceros.

En estos casos, los vehículos quedarán asegurados en los corralones municipales, y los propietarios no deberán pagar derechos de almacenamiento si los recuperan dentro de un plazo de dos días.

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