La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que la revisión a la sentencia contra el sacerdote Aristeo Baca, lograda a través de un amparo interpuesto por su defensa, se haga incluyendo el testimonio de la víctima, quien tenía cinco años cuando iniciaron las agresiones.
De acuerdo con abogadas de diferentes organizaciones sociales, encabezadas por la asociación civil Sin Violencia, el Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito con sede en Ciudad Juárez, incurrió en una grave falta a la salvaguarda de los derechos humanos y la protección superior de los derechos de niños y niñas.
Lo anterior, luego de los argumentos presentados por su abogado defensor, Maclovio Murillo.

De acuerdo con la abogada Erika Mendoza García, miembro del Movimiento Estatal de Mujeres, el Tribunal Colegiado ordenaba, basado en los argumentos de Murillo, que no se incluyera lo que dijo la niña y en cambio, se le diera validez a todos los testimonios de descargo del abogado defensor.
Una vez conociendo esa postura, organizaciones y abogadas de la víctima armaron una estrategia para pedir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la revisión del amparo directo bajo el número 4519/2024.
La Corte no iba a revisar si las pruebas estaban bien o mal valoradas, sino únicamente la constitucionalidad y el apego a los derechos humanos de acuerdo a los estándares más altos que ha pronunciado el país a nivel internacional, aclaró Erika Mendoza García.
En su respuesta, publicada apenas el 4 de febrero de este año, los magistrados de la Corte consideraron “totalmente infundados los conceptos del quejoso para efectos de la revisión y en contraparte, esencialmente fundados los agravios y los conceptos que la niña y su mamá hicieron valer”, refirió la abogada.
La resolución de la Corte dice que el Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito con sede en Ciudad Juárez, debe dejar de omitir juzgar sin la perspectiva obligada de género, de derechos humanos y de los derechos de la infancia, precisó.
Y basándose en jurisprudencias que la misma primera sala de la SCJN ha analizado, también instruye que cuando se trata de delitos sexuales contra niños o niñas, se deben seguir criterios especiales.
Esto incluye que el tribunal debe considerar que una niña de cinco años no puede expresarse como una persona adulta, o pretender que no tenga incongruencias, o que su razonamiento cognitivo y conductual vaya a decir exactamente lo que pasó, explicó.
“Juzgar con perspectiva de género es analizar el contexto en que ocurren las cosas, estamos hablando de una niña que era monaguilla de una iglesia y donde una de sus principales figuras de confianza y de atención era justo esa persona que esta señalado”, remarcó.
Derechos sobajados
“La primera sala de la Suprema Corte votó en unanimidad que los derechos de la víctima de este caso han sido sobajados por el Tribunal Colegiado de Circuito de Ciudad Juárez”, afirmó la abogada Erika Mendoza García, miembro del Movimiento Estatal de Mujeres.
Esta niña y su familia siguen sufriendo todos los días la revictimización de un hecho que nunca lo va a olvidar pero que se lo estamos haciendo más difícil, ponderó.
“Lo que a esa niña le ha llevado estar aquí en este momento, es una pérdida que ni como sociedad podemos reparar, no solamente en lo económico, sino en lo social, en lo psicológico, en todo lo que esa niña es al lado de su familia”, lamentó la también presidenta de la asociación Transforma.
Sobre las quejas de la defensa del cura, de que se ha violentado su presunción de inocencia, la abogada recordó que ese criterio tiene el mismo valor que el derecho de la víctima.
Recordó que desde 2015 la niña ha sufrido la persecución social, incluso la persecución de la iglesia, la persecución familiar y otras cosas y ella “también tiene una presunción de verdad en cuanto al dicho de lo que a ella le pasó en su propia humanidad”.
“No hay que confundir, como pretendió la defensa; la presunción de inocencia no es superior a los derechos de las víctimas, ni uno ni otro es superior, deben valorarse en el mismo sentido y así se lo dice la Corte al Tribunal Colegiado de Ciudad Juárez”, acotó.
Finalmente hizo un llamado al magistrado Ismael Ruiz Villanueva, a que atienda el ordenamiento de la Corte.
Es él al que le fue turnado el expediente y deberá presentar un proyecto para que el Tribunal Colegiado lo vote, indicó.
En la nueva sentencia se puede confirmar, revocar o modificar el veredicto inicial, precisó.


“No sé lo que pasaría, porque la verdad, no soy vidente”: Administradora de Mi mundo de Colores
Exigen que Fiscalía haga investigación transparente y piden que no los satanicen en redes sociales
Por Carlos Omar Barranco

¿Qué es lo que debes saber del caso del padre Aristeo B.?
Cronología del proceso contra el sacerdote católico de Santa María de la Montaña quien aún espera que se confirme, modifique o revoque su sentencia de casi 35 años de prisión
Por Carlos Omar Barranco

“Hace unos años hice algo que pensé no iba pasar a mayor”
Revelan diálogo entre el sacerdote Aristeo Baca y una religiosa el día que fue detenido
Por Carlos Omar Barranco

Otra vez atentan contra sacerdote en la Tarahumara
Le disparan desde los cerros mientras viajaba con un grupo de personas de su comunidad; lo hirieron en un brazo
Por Redacción