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Política

Batea TEE denuncia de América García vs Adriana Terrazas

Declara que impugnación por designación de Terrazas como presidenta en el Congreso, no es revisable bajo la tutela electoral

Por Ana Juárez | Norte Digital | 9:37 am 6 octubre, 2023

El Tribunal Estatal Electoral (TEE) de Chihuahua votó por unanimidad que la impugnación presentada por la diputada de Morena, América García Soto, en contra de su compañera de bancada Adriana Terrazas, sobre su designación como presidenta del Congreso del Estado son actos de organización del Congreso del Estado, por lo que son ajenos a la materia electoral. 

“El proyecto propone declarar la falta de competencia material, dado que la materia de lo que se planteó en la impugnación no es revisable bajo la tutela electoral, por corresponder al derecho parlamentario, en virtud, que se relaciona con cuestiones de organización interior del Congreso del Estado”, expresó la abogada del TEE, Eva López Altamirano, quien dio lectura al proyecto de resolución. 

Lo anterior, dijo, tomando como base la línea jurisprudencial sobre el control jurisdiccional de actos parlamentarios emitida por la Sala Superior, la cual ha señalado que “los actos políticos correspondientes al derecho parlamentario como los concernientes a la actuación y organización interna de los órganos del partido, ya sea por la actividad individual de sus miembros o por la que desarrollan en conjunto a través de las fracciones parlamentarias, son ajenos a la materia electoral”. 

Además, reiteró que la Junta de Coordinación Parlamentaria es el órgano encargado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios, a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno, esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden. 

“El artículo 33 del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo, establece que la Mesa Directiva es el órgano encargado de dirigir los trabajos del Congreso durante los periodos ordinarios, extraordinarios y en los recesos del Pleno que se den durante el año de su Ejercicio”, argumentó.

Por lo tanto, “en modo alguno repercute en derechos de índole electoral, por lo tanto es que este Tribunal carece de competencia material en el juicio promovido por la actora, pues se advierte que no se compromete la afectación de sus derechos político-electorales”, dijo la representante del TEE. 

Acto posterior, la magistrada presidenta Roxana García Moreno sometió a consideración el proyecto de resolución del expediente JDC51/2023, proceso en el que no hubo ninguna intervención, por lo que se consideró “suficientemente discutido” y quedó aprobado por unanimidad con los votos de García Moreno y los magistrados Hugo Molina Martínez y Gabriel Sepúlveda Ramírez.

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