Bardas: el otro juego sucio de la campaña electoral
Demandan a Cruz Pérez Cuéllar por actos anticipados de campaña; el Tribunal Federal Electoral determinó que con la pinta de bardas con la leyenda “#QueSigaCruz, se benefició electoralmente
Francisco Luján | 22 abril, 2024
La leyenda #QueSigaCruz pintada en decenas de bardas de Ciudad Juárez, fue plasmada sin la autorización de los propietarios de las fincas, incluso muchas de ellas se ubican en muros que son parte de la infraestructura y el equipamiento de la ciudad.
Autoridades electorales señalaron que, desde noviembre de 2023, tuvieron las primeras noticias sobre la aparición de las pintas en cuestión.
En esa fecha, las pintas hacían alusión a las aspiraciones que en ese momento tenía el presidente municipal Cruz Pérez Cuéllar, de repetir como candidato de Morena a la alcaldía para un segundo periodo de gobierno.
Fue así que entre el 5 y 9 de febrero de 2024, el Instituto Estatal Electoral (IEE), instruyó a su personal para que, con carácter de fe pública, acudiera a los domicilios donde se encontraban las bardas cuyo mensaje constituía violaciones a las reglas del juego electoral.
La investigación de campo del IEE concluyó que, en nueve de 15 domicilios, los propietarios no autorizaron las pintas. En el resto –seis más–, no encontraron residentes porque se trataba de lotes baldíos con fincas abandonadas y en muy malas condiciones físicas.
Fincas y terrenos abandonados
Algunas de estas bardas se encuentran sobre calles del Centro Histórico, en la avenida Waterfill, en el corredor de la avenida Manuel Gómez Morín y también en la Abraham Lincoln; sobre el eje vial Juan Gabriel; en el norponiente sobre el bulevar Ing. Bernardo Norzagaray, solo por nombrar algunas partes de la ciudad que no forman parte de la lista de domicilios que motivaron la denuncia, y que, sin embargo, fueron pintadas, supuestamente, sin la voluntad del presidente municipal.
Tal como fue documentado por el personal del IEE, Norte Digital verificó que en el Centro Histórico las pintas en cuestión se localizan en bardas perimetrales de terrenos y construcciones abandonadas.
Es el caso de un terreno propiedad del Municipio, en las calles Ignacio Mariscal y Tlaxcala, donde la barda vecinal de un hotel fue pintada con un mensaje en apoyo a Cruz Pérez Cuéllar. El dueño del terreno falleció hace unos años y los comerciantes de la zona aseguraron que sus herederos son completamente apolíticos.
Incluso, sobre el bulevar Norzagaray, al norponiente de la ciudad, la barda del estacionamiento del “Cerecito”, donde el Municipio resguarda autos y personas detenidas por alcoholemia, contienen el mismo mensaje con la leyenda mencionada.
Sobre esta misma vialidad, un talud que sirve para evitar derrumbes de las partes más altas de la ciudad, también sirvió como espacio para la propaganda.
No obstante, en los testimonios documentados por el IEE, el 12 de febrero de 2024, Héctor Ortiz Orpinel, secretario del Ayuntamiento, en rueda de prensa aseguró que las pintas se encuentran en propiedades privadas sobre las que el Municipio no tiene ningún poder como para poder borrarlas.
El funcionario manifestó que tampoco podían ir contra el derecho de expresión y libre manifestación de las ideas.
Una orden para borrar las bardas
La frase “#QueSigaCruz” inscrita en infinidad de bardas de la ciudad constituye una “equivalente funcional”, cuyo propósito es posicionar a alguien con el fin de obtener una candidatura, determinó la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal, que también instó a los responsables a retirarlas.
La primera semana de marzo de 2024 la Sala Regional sentenció al presidente municipal de Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, por anticiparse a la campaña electoral con la pinta de bardas que pregonan la leyenda “#QueSigaCruz”.
La sentencia, que responsabiliza al alcalde de la referida irregularidad, le ordenó borrar el mensaje de al menos 29 bardas que se ubican en diversos puntos de Ciudad Juárez.
No obstante, el mandato judicial quedó corto, ya que existe una cantidad mayor de pintas en diferentes rumbos de la ciudad y como no están señaladas en la sentencia, escapan al ordenamiento que pretende garantizar un marco legal equitativo en la contienda electoral.
Representantes legales del partido opositor PAN, quienes desde diciembre pasado presentaron cuatro quejas contra Cruz, informaron que ya se resolvieron tres de ellas, y una cuarta audiencia está en puerta. Lo acusaron de cometer los delitos de promoción personal del alcalde, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña.
Las denuncias que se interpusieron ante en el Instituto Estatal Electoral, pasaron por el Tribunal Estatal Electoral y culminaron con una sentencia definitiva del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJ).
La Sala Regional Guadalajara del TEPJ, resolvió tres sentencias derivadas de un Proceso Especial Sancionador (PES) en contra de Pérez Cuéllar bajo los expedientes PES 005/2024, PES/028/2024 y PES-166/2023, determinando que el denunciado solamente incurrió en conductas tipificadas como actos anticipados de campaña.
Dentro del juicio del Procedimiento Especial Sancionatorio (PES), correspondiente al expediente PES-005-2024, el tribunal determinó que el funcionario público fue beneficiado con las pintas en cuestión, por lo tanto, se le instruyó, al alcalde, a borrar 29 bardas que se usaron para su promoción.
A partir de la resolución emitida por el TEPJ, se solicitó dar vista a la Contraloría Municipal para hacer lo “conducente”.
De la misma manera, por órdenes del Tribunal, el alcalde debe de pronunciarse de manera pública en las redes sociales para que, como asegura, solicitar a sus seguidores que se abstengan de continuar con las pintas que lo benefician.
Una cruz con muchas acepciones
Lo anterior, aun y cuando el propio Cruz fue quien, el 25 de noviembre de 2023, presentó un escrito ante la Oficina Regional del IEE en esta frontera, deslindándose de su autoría, planeación o autorización.
Los documentos que forman parte del juicio, revelan que el alcalde narró que se dio cuenta de las bardas cuando transitaba por la ciudad y que no tenía conocimiento de su origen.
También argumentó ante las autoridades electorales que el vocablo “Cruz” tiene muy diversas acepciones y para respaldar su dicho citó a la Real Academia Española y los resultados de una búsqueda en Internet, para demostrar que “Cruz” no necesariamente se asocia directamente a su persona.
Pero, el Tribunal determinó que lo fundamental no es demostrar su participación de manera directa o indirecta, sino si efectivamente obtuvo algún beneficio; esto último, lo dejaron muy claro.
La jurisdicción electoral certificó la existencia de las pintas de “#QueSigaCruz”, el 3 de enero; justo cuando por disposiciones tomadas por el Instituto Estatal Electoral (IEE), feneció el periodo de la precampaña electoral en el que Cruz se inscribió como precandidato del proceso electoral 2023- 2024.
El Poder Judicial determinó que las pruebas reunidas determinaron que Cruz es presidente del Ayuntamiento juarense y que este estableció su intención de volver a competir por la candidatura, como condición para ser reelecto.
“Además, del análisis integral del mensaje difundido en las bardas #QueSigaCruz, resulta evidente, en principio, que sí existe coincidencia con el nombre de la persona denunciada, “Cruz”, concluyeron los tribunales sobre este tema a partir de un análisis que tomó en cuenta el contexto del asunto juzgado.
“Se puede relacionar con la posibilidad y con su expresa intención por permanecer en ese cargo, vía reelección”, resolvieron.
Simpatizantes también cometen actos anticipados de campaña
También aplicaron la jurisprudencia mediante la cual los actos anticipados de campaña pueden realizarse por parte de los partidos políticos, militantes, personas aspirantes a las precandidaturas y candidaturas.
El munícipe argumentó a su favor, por conducto del secretario del Ayuntamiento, Ortiz Orpinel, en una rueda de prensa del 12 de febrero de 2024, que el Municipio no podía, como se lo instruyó el Instituto (IEE), oponerse o limitar el derecho a la libertad de expresión de las personas que pintaron los muros con la leyenda.
Pero el Tribunal consideró que debe analizarse si se trata de actos del derecho al ejercicio legítimo de la libertad de expresión o una simulación o abuso en el ejercicio de este derecho, tanto por encargo o con la participación del sujeto obligado, en este caso el presidente municipal.
El motivo por el cual se sanciona esta conducta en la que incurrió en este caso Cruz Pérez Cuéllar, es que una promoción anticipada de campaña de un aspirante formal, puede trascender a la ciudadanía y tener un impacto en la equidad de la contienda, puntualizaron.
En este juicio, Cruz fue exonerado de las acusaciones de uso indebido de recursos públicos y promoción de su imagen personal.
Cronología de un delito electoral
En noviembre de 2023 se supo por primera vez sobre la existencia de bardas, en Ciudad Juárez, pintadas con la leyenda #QueSigaCruz.
Días más tardes, el 25 de noviembre, el presidente municipal Cruz Pérez Cuéllar presentó un escrito ante la Oficina Regional del Instituto Estatal Electoral (IEE), en el que se deslindaba de la autoría de las pintas.
Para el 29 de diciembre, Damián Lemus Navarrete, representante legal del PAN, presentó denuncia ante IEE en contra del edil por actos anticipados de campaña, uso de recursos públicos y promoción personal.
Los panistas documentaron, entonces, la ubicación de dos domicilios con bardas pintadas con el mensaje impugnado.
El 17 de enero del 2024, Acción Nacional presentó una nueva denuncia ante el IEE, por la identificación de más domicilios con bardas pintadas con la misma leyenda, a favor de Cruz.
Semanas adelante, los días 5 y 9 de febrero, el TEE declaró la inexistencia de las infracciones relativas a actos anticipados de campaña con respecto a las bardas pintadas en 15 ubicaciones.
Ante esa situación, el pasado 11 de febrero, el PAN promovió el juicio contra la resolución del TEE, ante la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial.
Días después, el 23 de febrero, Pérez Cuéllar se deslindó por segunda ocasión, ante la Oficina del IEE, con relación a la autoría de las pintas en las bardas.
El 28 de febrero el Trife revocó el fallo primigenio del TEE.
La Sala Regional Guadalajara resolvió la existencia de la infracción relativa a actos anticipados de campaña en beneficio de Cruz Pérez Cuellar, por lo que ordenó que se restablecieran las medidas precautorias que el TEE les había anulado.
El 4 de marzo, el TEE en acatamiento a las órdenes del Tribunal Electoral Federal, declaró procedente la infracción y dos días más tarde el secretario del IEE emitió un acuerdo en concordancia con las autoridades jurisdiccionales federales, para habilitar a su personal con una fe pública para certificar el cumplimiento de la sentencia y notificar personalmente al alcalde sobre la resolución.
Fue el 13 de marzo cuando el personal habilitado llevó a cabo las diligencias.
Los tribunales dieron tres días, a partir de la notificación, para el retiro de las pintas. A la fecha no se ha informado si Cruz acató la ordenanza.