A partir del próximo año, el robo y tráfico de catalizadores en Chihuahua podría ser un delito castigado con penas de cárcel y severas multas.
Esto luego de que una iniciativa enfocada a armonizar la legislación estatal con las actuales leyes federales en materia de delitos ambientales pueda ser aprobada.
La nueva propuesta sustituye a una iniciativa anterior que no contemplaba la situación de los catalizadores como elementos de desecho tóxico, sino como autopartes.
La anterior iniciativa basaba su justificación en el incremento que para entonces registraba el robo de catalizadores, con su posterior comercialización clandestina y no regulada.
Enfatizaba la afectación sufrida por los propietarios de vehículos nuevos o usados, que constituían recurrentes víctimas de este ilícito, considerado entonces como delito menor.
Otro factor en el que se asentaba la propuesta de 2021, era la contribución que esto representaba para incrementar el nivel de contaminación ambiental.
Ninguno de estos elementos pesó entonces para su aprobación, al considerarse que no calificaba para aplicar una modificación sustancial al Código Penal del Estado.
Por este motivo, esta primera iniciativa presentada en marzo del presente año por la bancada de Morena, fue rechazada por el pleno.
Pero un análisis y replanteamiento del contenido de la misma permitió destacar que este delito ya estaba contemplado en las leyes federales de tipo ambiental.
Se detectó que, lejos de ser considerados accesorios de vehículo, los catalizadores calificaban como residuos peligrosos para las normas federales.
Entre otros, la NOM 052 de Semarnat, marca muy claramente que los catalizadores de autos, una vez separados del vehículo, son clasificados como residuos contaminantes.
Esto debido a que todo catalizador, al ser abierto para extraer clandestinamente los metales preciosos que contiene, sueltan al ambiente residuos considerados tóxicos o corrosivos.
En este sentido, la norma establece que los catalizadores deben clasificarse como residuos peligrosos sujetos a manejo especial.
Esto encaja con lo que establece el artículo 414 del Código Penal Federal, que plantea multas y penas de hasta nueve años de prisión.
Sanciones impuestas a todo aquel que, sin aplicar las medidas de prevención o seguridad, realice actividades con substancias consideradas peligrosas por sus características de riesgo.
Así, los catalizadores extraídos clandestinamente no pueden ser sólo clasificados como accesorios de auto, sino como elementos de riesgo ambiental sujetos a manejos especiales.
Se constituyen en artículos contemplados dentro de dicho artículo, con penas de prisión para quien incumpla lo ahí estipulado.
De acuerdo a la diputada María Antonieta Pérez, promotora de esta iniciativa, la intención era someterla a votación el pasado mes de octubre.
Pero se decidió redactarla en términos más cuidadosos para justificar plenamente su contenido, de modo que se estará reservando para ser presentada el próximo año.
De ser aprobada esta iniciativa, para marzo de 2023 todo aquél que extraiga ilegalmente un catalizador será juzgado no como ladrón, sino como delincuente ambiental, y por ello sujeto a multas y penas de entre uno y nueve años de prisión.
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