El Gobierno del Estado de Chihuahua acusó a un juzgado federal de obstaculizar el desarrollo de la audiencia inicial de imputación contra la alcaldesa con licencia de Chihuahua, Maru Campos Galván, a quien le concedió un amparo para que sus abogados conozcan el expediente íntegro de la acusación de la Fiscalía General, lo que provocó que un juez de Control difiriera por tercera ocasión el comienzo del proceso judicial.
A Maru Campos se le acusa por ser presuntamente una de las involucradas en la denominada “caja chica” del gobernador César Duarte. Según la FGE y el gobernador Javier Corral, alrededor de un centenar de personajes recibieron sobornos a través de recursos procedentes del erario estatal.
“En la comparecencia ante un juez de Control se exhibió una nueva suspensión dictada por la jueza octava de Distrito, Adriana del Carmen Martínez”, afirmó el Gobierno estatal a través de un comunicado que emitió la oficina de Comunicación Social.
En el mismo caso que presentó el Ministerio Público se implica también otros personajes que fueron exdiputados locales. Al igual que Maru Campos, supuestamente se habrían beneficiado con distintos montos de dinero a través de la nómina secreta.
Entre ellos, se encuentran María Ávila, actual dirigente del Partido Vede en el estado; César Jáuregui Moreno, actual secretario del ayuntamiento en el Gobierno de Maru Campos, y Rodrigo de la Rosa, exlegislador priista.
“Abogados de la defensa de María Eugenia Campos y María Ávila argumentaron que no tienen la copia completa de los registros de la investigación”, añade el comunicado del Gobierno.
“Estrategia de Maru Campos, ilegal y excesiva”
“Es una estrategia de la defensa que se considera ilegal y en exceso. La suspensión de carácter provisional la otorgó el Juzgado de Distrito, en tanto se contaba con los informes de las autoridades”.
“Mientras tanto, decretó indebidamente la suspensión de la audiencia”, agrega.
“Al conceder la juez la suspensión, señaló que solo subsistiría mientras se acreditara que las copias ya las recibieron”.
Sin embargo, ese mismo juzgado, en el amparo 102/2021 negó la suspensión definitiva por falta de materia, ya que las copias se entregaron, según la notificación al juez de Control del día 3 de febrero.
“Los jueces y tribunales tienen la obligación de velar por el cumplimiento de la ley sin distingo o preferencias”, finalizó.
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