El 2026 comenzó en Ciudad Juárez con sanciones más severas para conductores ebrios e intoxicados, tras la entrada en vigor, el pasado 23 de diciembre, de una reforma al Reglamento de Seguridad Vial que endurece castigos y amplía los supuestos sancionables.
De acuerdo con el Gobierno Municipal, los cambios responden a un reclamo ciudadano surgido tras una serie de incidentes viales con consecuencias fatales, en los que estuvo presente el consumo de alcohol.
El presidente municipal Cruz Pérez Cuéllar reconoció que las nuevas disposiciones son más estrictas contra quienes combinan el volante con el alcohol, pero aseguró que no se trata de una medida recaudatoria, sino de una política preventiva.
Sin embargo, de manera paralela, la Ley de Ingresos del Municipio 2026 proyecta una mayor recaudación vinculada a Seguridad Vial.
Más multas, más dinero en juego
La Coordinación de Seguridad Vial estima que durante 2026 se recaudarán 290.5 millones de pesos, una cifra considerablemente mayor a los 203.4 millones presupuestados en 2025. Incluso supera los 241.1 millones que la dependencia esperaba ingresar al cierre del año pasado por concepto de servicios y multas.
De ese total, 248.9 millones de pesos corresponden únicamente a multas de vialidad, mientras que 41.6 millones provendrán de otros servicios, para alcanzar el monto global proyectado.
¿Qué cambió con el nuevo reglamento?
Las reformas permiten aplicar sanciones más severas a partir de una nueva clasificación de conductores y vehículos, así como de tres niveles de alcoholemia, además de sancionar por primera vez el aliento alcohólico, una conducta que antes no estaba contemplada.
Las nuevas reglas son de cero tolerancia para conductores de transporte de personas, transporte de personal, plataformas digitales, taxis y traslado de materiales peligrosos, quienes no pueden manejar ni siquiera con aliento alcohólico. En esta categoría también se incluye a menores de edad de entre 12 y 18 años.
Los rangos de alcoholemia quedaron definidos de la siguiente manera:
• Aliento alcohólico: 0.001 a 0.050
• Primer grado: 0.051 a 0.139
• Segundo grado: 0.140 a 0.220
• Tercer grado: 0.230 en adelante
Multas, arrestos y conmutación
Antes de la reforma, conducir en estado de ebriedad se castigaba con arresto obligatorio de 18 a 36 horas. Con las nuevas disposiciones, el infractor puede conmutar el arresto por el pago de la multa, siempre que lo autorice el Juez Cívico Municipal, quien activa un protocolo de seguridad.
Las sanciones económicas y administrativas quedaron así:
• Primer grado: multa de 60 a 70 UMA o arresto de 18 a 24 horas
• Segundo grado: 80 a 90 UMA o arresto de 24 a 30 horas
• Tercer grado: 80 a 90 UMA o arresto de 30 a 36 horas
El valor actual de la UMA es de 103 pesos, con una actualización prevista para febrero de 2026.
La infracción más alta ronda los 10 mil 500 pesos y aplica a conductores intoxicados con drogas, enervantes, psicotrópicos o medicamentos que produzcan efectos similares.
Con ese mismo monto, de hasta 100 UMA, también se sanciona a choferes de plataformas, taxistas, transporte de personal y operadores de materiales peligrosos que presenten incluso aliento alcohólico.
Alcoholímetros y vigilancia
Como parte de la estrategia, el Presupuesto de Egresos del Municipio 2026 contempla una inversión de 2 millones 674 mil pesos para la adquisición de alcoholímetros.
El alcalde afirmó que durante 2026 no se implementarán retenes, aunque la reforma no modificó el artículo 100 del Reglamento, que mantiene la posibilidad de establecer puntos de observación y revisión aleatoria para detectar a conductores que combinen el alcohol con el volante.
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