En la Cuarta Sala de Apelaciones, al interior de Ciudad Judicial, se vivió un ambiente tenso. Los asientos para el público estaban ocupados por familiares de la imputada del juicio 222/26, Naomy Yamilé R.P., así como de la víctima con iniciales J.N.A.L, incluida su madre, quien permaneció en el estrado de testigos acompañada de una psicóloga del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), quien brindaría contención en caso de ser necesario.
Con el semblante cansado y vertiendo lágrimas, escuchó con atención la resolución que la juzgadora, Michelle Gloria Estela Rodarte, pronunció.
La explicación sobre su decisión judicial estuvo diseñada mayormente para la comprensión de la madre de la afectada. Evitó emplear lenguaje técnico, propio de la práctica del derecho penal y, en su lugar, explicó paso a paso cómo avanzó el proceso penal de su hija y el camino que transcurrió para llegar a la audiencia de este miércoles 14 de octubre.
Enfatizó que creía en el testimonio de la niña, quien cuando ocurrieron los hechos tenía 2 años, además, mediante los testimonios de la madre, así como los peritajes médicos y psicológicos, se acreditó que había sido víctima de una violación, así como de maltrato infantil.
“Le creo totalmente a su niña, no requiero palabras de ella. La médico legista confirmó que era víctima de violación”, comentó.
Lo anterior, debido a que, durante su presentación ante la juzgadora, la niña, quien pidió ser identificada como Ronnie, expresó que no tenía recuerdos sobre lo que había ocurrido cuando iba a la guardería Techo Comunitario.
La juzgadora citó a la psicóloga del TSJ, quien se encargó de guiar el testimonio de la menor a través de la sala sapcov, quien declaró que presentaba una “amnesia infantil o de la primera infancia” y que suele ocurrir cuando comienzan a crecer.
Es decir, conforme avanzó el tiempo, la afectada olvidó las agresiones físicas y sexuales que había sufrido.
La jueza resaltó que la ausencia del relato en el juicio se debía por el tiempo que había transcurrido entre la agresión y su declaración, más de 4 años.
Sin embargo, desde este punto la juzgadora comenzó a adelantar cuál sería su decisión.
Aseveró que el Ministerio Público falló en su responsabilidad de realizar las técnicas adecuadas para evitar que se perdiera el recuerdo de la niña.
Incluso, dijo que se pudieron haber utilizado diversos mecanismos, como la presentación anticipada de la prueba para evitar que se perdiera la versión de la víctima en torno a los hechos que sufrió.
“No se realizaron los mecanismos idóneos y suficientes para poder traer dicho testimonio ante este juzgado”, comentó.
Además, manifestó que los fiscales que presentaron su caso ante el Tribunal de Enjuiciamiento se habían esforzado para demostrar la responsabilidad de la imputada, pero no dieron elementos.
La juzgadora expuso que ninguno de los testimonios que se presentaron durante el juicio señala la probable participación de la imputada y que la acusación por parte de la madre surgió a partir de una noticia que leyó en redes sociales de cuando fue arrestada la imputada.
El Ministerio Público no presentó evidencias sobre la razón para investigar únicamente a Naomy Yamilé por diversos delitos cometidos en contra de niños en esa guardería y dejar al resto de las empleadas fuera de las indagatorias.
Tampoco presentó bitácoras de entrada y salida de las trabajadoras o alguna otra prueba que hablará directamente sobre las áreas en las que laboraba la imputada y sí realmente tenía acceso a la niña.
Mostró preocupación con relación a que la acusación hubiera ocurrido de esa manera, aunque reconoció que era la reacción que se esperaría de una madre de familia al enterarse que su hija había sido víctima de un delito.
“Defendió a su hija y pidió justicia, hizo lo que debe hacer una madre en un caso de este tipo”, afirmó.
Sin embargo, puntualizó que la Fiscalía Especializada de la Mujer (FEM) falló en realizar los actos de investigación suficientes para esclarecer quien fue la persona responsable de agredir a la niña.
Por esas razones, dictó un fallo absolutorio por los delitos de violación agravada y maltrato infantil en favor de Naomy Yamilé R.P., ante la falta de carga probatoria que pudiera demostrar su responsabilidad en los hechos que se acusaron en su contra.
Dijo que la decisión que había tomado no representaba el final del proceso para resarcir el daño de la menor ya que, si era su deseo, se podría recurrir a otras vías, como la civil, para buscar que la guardería responda por los daños causados a la infante.
En caso de sentirse insatisfecha por la decisión, se cuenta con un plazo de 10 días para presentar el recurso correspondiente.
Durante la celebración de la audiencia, la mujer se mantuvo firme mientras la jueza dio su explicación.
Fue al final de la sesión, cuando le entregaron un ejemplar de la sentencia de lectura fácil para su hija, cuando explotaron sus emociones.
Mientras la propia jueza y la psicóloga procedieron a darle atención, se decretó el final de la audiencia y los asistentes tuvieron que salir de la sala.
Así concluyó el noveno juicio oral para Naomy Yamilé, entre los cuales están dos absoluciones vigentes y siete condenas, que en total suman una pena de 99 años en prisión al ser considerada penalmente responsable de abuso sexual y violación agravada en contra de niños que estaban bajo su cuidado en la guardería Techo Comunitario.
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