Durante esta tarde, el juez de Control, Jorge Enrique González, dictó auto de vinculación a proceso penal en contra de Bryan Eduardo G.O., Sergio Jonathan S.C. y César Eduardo O.M., por los delitos de secuestro agravado y homicidio calificado en contra de la víctima identificada por las iniciales J.G.G.P., hijo del dueño de un yonke de esta ciudad.
En la audiencia que se realizó en la sala 19 de Ciudad Judicial, la defensa de los imputados presentó testimonios de familiares de Bryan Eduardo para demostrar que el joven de 18 años estaba viajando desde Veracruz el día en el que supuestamente se cometió el secuestro.
De igual manera, la defensora presentó supuestas capturas de pantalla en la que se muestra como el boleto del viaje, así como comunicación que tuvieron con el joven cuando estaba de camino.

Además, los imputados declararon ante el juez que ellos no estaban involucrados en los hechos que se señalan en su contra.
En su declaración, César Eduardo aseguró que fue víctima de tortura por parte de los agentes ministeriales, causándole diversas lesiones en el estómago y genitales, obligándolo a firmar su declaración de culpabilidad.
Sin embargo, el juez puntualizó en que, por la etapa procesal, se concedería un mayor valor indiciario a la carpeta de investigación presentada por la Fiscalía General del Estado (FGE).
En dicha imputación, se mencionó que los dichos de los testigos de los hechos, así como diversos videos de cámaras de vigilancia recopilados por la representación social, presumen la probable responsabilidad de los acusados, en cuanto a su participación en los delitos de secuestro y homicidio calificado.
De igual manera, las declaraciones de los imputados, recopiladas por el Ministerio Público, señalarían la participación de los imputados, así como de un cuarto involucrado, identificado como Edgar Jesús, alias “El Chuy“, quien todavía no ha sido detenido.
Si bien, el juez puntualizó en que no se resta valor a las declaraciones de los imputados en la audiencia, que contradicen lo vertido por la FGE, tratándose de una etapa preliminar, no estaba en posición de sobreponer una versión sobre la otra.
Por lo anterior, justificó el auto de vinculación a proceso que se impuso contra los tres hombres detenidos.
De igual manera, fijó un plazo de investigación complementaria de 6 meses, y ordenó a la representación social, comenzar la realización del Protocolo de Estambul, para determinar si los imputados sufrieron actos de tortura al momento de su detención.
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