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Migrantes

Van por migrantes que tengan menos de 2 años en EU

Aplicación de deportación rápida se amplía; antes solo era para quienes eran atrapados a menos de 160 kilómetros de la frontera o tenían menos de 2 semanas en el país

Por Agencias | Norte Digital | 6:22 pm 22 julio, 2019

El Gobierno del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, prevé ampliar la aplicación de las deportaciones expeditas de inmigrantes que han permanecido de forma ilegal en el país menos de dos años, según documentos del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, en inglés) conocidos este lunes, publicó El Universal.

El documento, reseñado por medios locales y cuya publicación está prevista para este martes en el Registro Federal, da cuenta de las nuevas directrices para las deportaciones aceleradas, rubricadas por el secretario interino de Seguridad Nacional, Kevin McAleenan.

Anuncia Trump nuevas restricciones para solicitantes de asilo a partir del martes

La medida apunta a aquellos extranjeros que están en Estados Unidos «sin haber sido admitidos o en libertad condicional luego de la inspección de un agente de inmigración en un puerto de entrada» -proceso que se aplica para los solicitantes de asilo- y a quienes no llegaron por mar, los cuales no ha estado físicamente en el país en los dos años previos a que se determine su inadmisibilidad.

Estos son otros cambios que se prevén en la nueva medida de deportaciones:

  • Las deportaciones rápidas aplicarán para todos los migrantes que tengan menos de dos años de haber entrado al país de manera ilegal.
  • Antes, solo los inmigrantes atrapados a menos de 160 kilómetros de la frontera que habían estado en el país 14 días o menos eran sujetos de deportación rápida.
  • La deportación rápida implica que no habrá comparecencia ante un juez migratorio.
  • El nuevo mecanismo incluye a los migrantes que hayan ingresado a Estados Unidos por cualquier punto de la frontera, sólo por la vía terrestre.
  • El documento del DHS señala que el Acta de Nacionalidad y Migración le otorga la capacidad de modificar, en cualquier momento, los alcances del mecanismo de deportación.
  • El mecanismo de deportación rápida se estableció por primera vez vía estatuto, en 1996.
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