Después de casi diez meses de que fue aprobada por el Congreso del Estado la reforma al Código Penal para que sea tipificada la violencia política de género, esta no ha sido publicada en el Periódico Oficial del Estado, pese a que en ese mismo lapso se han presentado varios casos que encuadran en esta causa.
Por lo anterior, la diputada juarense Marisela Sáenz Moriel (PES) solicitó a la Comisión Permanente del Congreso que sea emitido un exhorto al despacho del Ejecutivo para que informe el motivo por el cual no ha sido publicado el decreto 085/2018 referente a la reforma al Código Penal.
El pasado 16 de agosto, los diputados aprobaron por unanimidad el decreto mismo que fue enviado a la Secretaría de Gobierno el 30 de octubre de 2018 para que fuera publicado en el Periódico Oficial del Estado, lo cual no ha ocurrido.
La solicitud fue aprobada por los integrantes de la Comisión Permanente, a excepción del presidente de la mesa directiva, Jesús Villarreal, quien se abstuvo.
El más reciente caso de violencia política conocido públicamente, fue el que denunció la diputada priista Elizabeth Chávez Mata, quien a principios de mayo de este año hizo señalamientos contra su compañero de bancada en el Congreso del Estado, Omar Bazán Flores (y dirigente estatal del PRI), quien solicitó la intervención de la Comisión de Justicia Partidaria para iniciar un proceso sancionador contra la legisladora por no acatar lo dispuesto por la coordinadora del partido, la diputada Rosa Isela Gaytán.
Otro caso ocurrió el año pasado también cuando la diputada María Antonieta Mendoza, de Panal, acusó al vicepresidente de la mesa directiva del Congreso, Jorge Soto, de gritonearle durante una de las sesiones en el marco de la entrega del Premio a la Mujer Destacada en el Congreso.
De acuerdo con la reforma, fue adicionado el artículo 30 fracción V del Código Penal del Estado, agregando al catálogo de medidas de seguridad, la erradicación de la violencia política.
También se considera dentro del Título Décimo de Delitos Contra la Dignidad de las Personas, el Capítulo de la Violencia Política, el cual establece penas que van desde los tres hasta los 7 años de prisión, y multa de cien a mil días a quien incurra en violencia política.
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