La mañana de este jueves 31 de octubre, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo reaccionó ante la prensa mexicana a la renuncia presentada por un total de ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por lo que remarcó que ellos no estaban por encima del pueblo.
La presidenta Claudia Sheinbaum respondió al amago de un ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre su posible destitución al frente del Poder Ejecutivo Federal.
Desde la conferencia mañanera del 31 de octubre, Claudia Sheinbaum reiteró que los ministros no pueden estar por encima del pueblo, y les pidió tranquilidad y calma ante las expresiones del ministro en retiro José Ramón Cossío y la resolución del proyecto que podría ordenar la cancelación de la reforma al Poder Judicial.
Asimismo, resaltó que no va a caer en provocaciones de los 8 ministros que renunciaron a la SCJN y no se iniciará un juicio político en su contra.
Sheinbaum explicó que la Ley de Amparo es una modificación realizada por la oposición con la que ahora están en contra, hoy es parte de la Constitución.
Nos están provocando porque quieren que los llevemos a juicio lo cual no lo vamos a hacer, eso es lo que quieren.
La oposición está llegando al límite de hablar de golpe de Estado o mi destitución y juzgan el presupuesto que se designa para Palacio Nacional, incluyendo mi estadía con mi esposo, por cierto, aún no vivo aquí, dijo.
A mi me eligió el pueblo de México y ocho ministros no pueden estar por encima del pueblo, habrá que esperar e instó a los ministros a actuar en consecuencia.
Supremacía Constitucional
El abogado Raúl Jiménez Vázquez, explicó que la Supremacía Constitucional es una categoría jurídica de carácter superior y ejemplo de ello es la Constitución Política.
La constitución debe permitir la adición de reformas conforme a las demandas sociales del país.
Se elevó a rango constitucional el impedimento para someter a revisión judicial las reformas o adiciones en general y en particular las que ocupan el proceso histórico del país.
El juicio de amparo es improcedente contras reformas o adiciones a la constitución.
Se debe reconocer lo que ya existe como realidad jurídica y con obligación a seguir por parte de los tribunales.
EC
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