Bajo los mismos términos en que lo hiciera el Instituto Estatal Electoral y el Tribunal Electoral del Estado de Chihuahua, ahora el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó que la solicitud para organizar un plebiscito revocatorio para el gobernador Javier Corral, no es procedente.
La noche del miércoles, TEPJF confirmó la resolución tanto del Instituto Estatal Electoral como del Tribunal Electoral de nuestro estado, por considerar que se vulnera el principio de retroactividad.
Es decir, que mientras Javier Corral fue electo el 5 de junio de 2016 por un periodo de cinco años, el 23 de junio pero de 2018 se publicó la Ley de Participación Ciudadana que incorpora a la legislación local el concepto de revocación de mandato, el cual no puede ser aplicado al gobernador de Chihuahua.
El pasado 25 de marzo de 2019, Óscar Humberto González solicitó al Instituto Estatal Electoral organizar una consulta pública para determinar si Corral Jurado debe o no continuar al frente del cargo.
La petición fue rechazada en primera instancia por el consejo general del IEE, y posteriormente ratificada por el Tribunal Electoral local.
A ello, Morena y el PRI de Chihuahua presentaron una inconformidad ante el TEPJF quien finalmente anoche confirmó la improcedencia del plebiscito.
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