La supuesta “peligrosidad” de las dos gasolineras de Arco que fueron clausuradas el pasado martes por orden de un juez federal “no quedó demostrada por los quejosos que plantearon la inconformidad”, aseguró el abogado Iván Pérez, apoderado legal de las gasolineras, quien explicó que el caso se encuentra ahora en manos de un Tribunal Colegiado que hará la revisión del caso.
El Juzgado Séptimo de Distrito ordenó al Municipio el cierre definitivo de las dos estaciones de venta de gasolina del grupo Arco, ubicadas en López Mateos y Vicente Guerrero y en Camino Ortiz Rubio y San Carlos, basado en la inconformidad de varias gasolineras que acompañaron su denuncia con el testimonio de algunos vecinos que argumentaron temor de explosión u otro riesgo a su integridad física.
Las empresas demandantes son Bip Gas, Total Gas, Gazpro, Gasomex, Servicio Cuatro Caminos, Administradora de Gasolina Norponiente y Grupo Goncalvi, informó Guadalupe de la Vega, presidenta del Consejo de Administración de almacenes de la Frontera, quien administra las gasolineras Arco.
“En el expediente nunca quedó evidenciada esa supuesta peligrosidad de las gasolineras. Los quejosos en su carácter de persona moral y algunos vecinos que fueron utilizados por algunas empresas, dicen que ellos tienen temor de que una gasolinera que está tan cerca una de otra, represente un peligro de explosión”, dijo el apoderado legal.
“Algunas personas, como vecinos, no pueden fijarse como perjudicados directos. El tema aquí es el interés legítimo. No están acreditando el supuesto daño”, agregó.
Precisamente la defensa legal basa su estrategia en esos dos puntos: la inexistencia de la supuesta peligrosidad y la calidad de perjudicados directos de los vecinos, así como la cercanía entre empresas gasolineras que podría provocar un riesgo, pues ese mismo criterio no ha sido aplicado a otras empresas como Total Gas que tiene un expendio frente al otro en Pérez Serna y Hermanos Escobar, consideró el abogado.
Insistió que “en el expediente los quejosos jamás acreditaron cuál es el daño ni cuál es su beneficio, y pese a ello el juez federal les concedió la suspensión para que dejen sin efecto una licencia de funcionamiento en clara violación al artículo 131 de la Ley de Amparo, en cuyo último párrafo menciona que cuando hay un promovente con un interés legítimo, en ningún caso la suspensión o la medida cautelar podrá tener por efecto que se modifique o restrinjan derechos”.
“Pareciera ser que este asunto está muy tendencioso sin tener ningún elemento para poder hacer una postura más fuerte. El artículo 95 de la Ley de Hidrocarburos dice que todo lo relacionado con medioambiente, equilibrio ecológico, será facultad exclusiva de la Federación, de tal suerte que el reglamento que emite las distancias bajo las tutelas de los índices de contaminación es completamente inconstitucional, porque la facultad ya no es del Municipio, sino de la Federación”.
De acuerdo con lo expresado por Iván Pérez, la clausura de las dos gasolineras representa una pérdida diaria de un millón de pesos para Arco, quien dejó de vender 75 mil litros diarios de combustible desde que fue ejecutada la sentencia de clausura.
“En el caso de Total Gas y Grupo Goncalvi bien puede decirse que la zorra no se ve su cola. Ahora resulta que ellos tienen dos gasolineras a menos de 200 metros de distancia en Pérez Serna y Hermanos Escobar, y otras dos en la División del Norte, ¿entonces esas gasolineras no son peligrosas?”, cuestionó.
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