La diputada local América García (Morena) , solicitó ante el Congreso del Estado incrementar las penalidades por “sexting” cibernético con hasta ocho años de cárcel y hasta quinientos días “UMA”, equivalentes a 43 mil 440 pesos.
Dichas sanciones se contemplan en la llamada “Ley Olimpia” para evitar todo tipo de daño emocional o físico que las mujeres pueden sufrir a causa de la exhibición íntima que de su imagen a través de medio de las redes sociales o dispositivos inteligentes,
El proyecto de la legisladora contempla una modificación al Artículo 180 Bis, en el cual se establece que quien reciba u obtenga de una persona, imágenes, textos o grabaciones de voz o audiovisuales de contenido erótico o sexual y las revele o difunda sin su consentimiento y en perjuicio de su intimidad, se le impondrá la penalidad antes mencionada.
Dichas penalidades aumentarán en 50 por ciento cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de catorce años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo, aún y cuando mediare su consentimiento.
La “Ley Olimpia” surge a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla, mencionó la morenista.
En aquel entonces, el Ministerio Público del estado de Puebla respondió ese tipo de acciones no podían configurarse como un delito.
La Ley Olimpia no se refiere a una Ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales”, acotó la joven congresista.
Las mujeres sufren diversos tipos de daños a causa de esas prácticas, como el detrimento a la integridad física, ataques de pánico, depresión, ansiedad, dolores de cabeza e incluso suicidios.
Una encuesta en línea realizada por Amnistía Internacional reveló que el 41 por ciento de las personas encuestadas sintió que su integridad física estaba en riesgo en al menos en una ocasión.
América Villarreal mencionó las conductas que atentan contra la intimidad sexual:
Videograbar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
Además, exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, reproducir, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe un consentimiento.
Estas se transmiten a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio digital.
El proyecto de reforma será turnado a comisiones para su análisis y, en su caso, elaboración de dictamen.
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