Es una mañana tranquila dentro de los pasillos de Ciudad Judicial, hay poca gente, la mayoría de los empleados permanecen en sus periodos vacacionales, pero aquí la actividad nunca termina. Alrededor de 5 personas, familiares de los detenidos por la balacera del 28 de diciembre en el fraccionamiento Misiones del Portal se presentan afuera del módulo 4.
En punto de las 9:30 de la mañana, inició de manera formal la audiencia de vinculación o no a proceso penal en contra de Brayan Alexis A.L, Juan Daniel O.A., José Luis G.R., Tobías A., e Irene del Refugio E.C.

Sus familiares tratan de guardar la calma, pero en sus rostros se nota el nerviosismo sobre lo que pueda ocurrir en la audiencia en la que se decidirá el destino de sus seres parientes.
Al llegar a la sala 22, se topan con una gran presencia de custodios policiales; entre 6 y 7 agentes resguardan la entrada y dan acceso a los 4 familiares y a los medios de comunicación.
La audiencia comenzó con la exposición de argumentos por parte de la defensa, que sostuvo que la Fiscalía General del Estado, a través del Ministerio Público, no ha podido comprobar la probable responsabilidad de sus clientes en los delitos de homicidio calificado.
Argumentó que, si bien es un hecho que 4 de sus representados, fueron arrestados con un arma de fuego, no necesariamente significa que intentaron matar a los agentes, ya que, para acreditar el delito de tentativa de homicidio, se necesita comprobar dos cosas: el cómo y el fin. Mismos elementos, que no se desprenden de ninguno de los dictámenes periciales presentados.
Además, aseguró que, a dos de sus defendidos se les hicieron pruebas químicas de plomo y bario, para detectar que habían accionado un arma de fuego, mismas que resultaron negativas.
Por su parte, la representante del Ministerio Público reafirmó su acusación, debido a que señaló que pusieron en peligro la vida de los 8 agentes que esa tarde atendían una orden de cateo en el domicilio ubicado en la calle Moisés Rangel #2514 de la colonia Misiones del Portal.
Tras escuchar el debate, la Juez dictaminó un receso de entre 30 minutos y 1 hora para dar su resolución, debido a la complejidad del caso.

El arresto
Luego de poco más de 1 hora con 40 minutos, la Juez de Control volvió a admitir la entrada a la sala 22 a los intervinientes y al público presente para dar su veredicto.
Según las pruebas presentadas por el Ministerio Público, el 28 de diciembre, alrededor de las 13:35 horas, 8 agentes de corporaciones como la Agencia Estatal de Investigación (AEI), el equipo SWAT de la Policía Estatal y peritos en Criminalística de la FGE, llegaron al domicilio de la calle Moisés Rangel #2514 para cumplimentar una orden de cateo emitida por un Juez de Control, para continuar la investigación de una causa penal.
Al llegar al portón, cerrado con candado, comenzaron a escuchar detonaciones de arma de fuego, provenientes del techo del domicilio. Observaron que había 3 hombres arriba, 1 del lado derecho y 2 del izquierdo, que estaban disparando en su contra.
Al recibir la agresión, los agentes se resguardaron en sus unidades y repelieron la agresión con sus armas de cargo. Lo anterior, provocó una balacera en el lugar, en la que agentes de criminalística encontraron 48 casquillos percutidos; 38 pertenecientes a armas de cargo de los agentes estatales y 10 de dos armas aseguradas a los detenidos (calibre 9 mm y calibre 40).
Después, los hombres del techo emprendieron la huida entre las azoteas de las casas aledañas, lo que desencadenó en una persecución.
José Luis G.R fue el primero de los hombres en ser arrestado. Se le encontró en posesión de una pistola calibre 9mm. Momentos después, Juan Daniel O.A. fue aprehendido por los agentes mientras estaba en posesión de una pistola calibre 40, perteneciente a la Patrulla Fronteriza de los Estados Unidos.
Junto con los dos hombres, se encontraba Jesús R.C., quien fue encontrado con lesiones de gravedad tras caer de uno de los techos, mismas lesiones que, según la Fiscalía, terminaron por quitarle la vida.
Luego de la detención y el aseguramiento de los 3 hombres, los agentes ingresaron al domicilio alrededor de las 14 horas, portando sus armas de fuego. Al entrar, se encontraron con Tobías y Brayan Alexis, quienes portaban dos armas de fuego tipo fusil, que apuntaban hacia los agentes.
Uno de los policías, escuchó un grito de Irene del Refugio, quien ordenó a los hombres matar a los agentes. Sin embargo, al verse superados, decidieron ceder ante las ordenes de bajar sus armas de fuego y terminaron por entregarse a las autoridades.
La determinación judicial de la Juez de Control, es que Juan Daniel y José Luis son probables responsables del delito de homicidio calificado en grado de tentativa en contra de los 8 agentes policiales, debido a que se pudo comprobar que efectivamente atentaron contra la integridad de los agentes al disparar en su contra.
En el caso del resto de los detenidos, la Juez estableció que, el apuntar un arma de fuego y el ordenar “matar a los agentes” no constituyen en sí, una acción delictiva, debido a que, en ningún momento, pusieron en peligro la integridad de los agentes.
En todo caso, mencionó la Juez, en caso de que los hombres hubieran disparado sus armas, o bien, atacaran a los agentes utilizando otro medio, podría comprobarse la comisión del delito, pero no sucedió en este caso.
Incluso, resaltó que fue un error del Ministerio Público la clasificación del delito, debido a que no había los elementos suficientes para comprobarlo.

Por lo anterior, es que Tobías A., Brayan Alexis A.L. e Irene del Refugio E.C., quedaron absueltos del delito de homicidio califico en grado de tentativa.
Acerca del delito de posesión ilegal de armas de fuego, la Juez reclasificó la acusación y determinó que los imputados quedaran como “autores materiales” y no en “coautoría”, como propuso el Ministerio Público, debido a que los imputados habían sido detenidos en posesión personal de las armas de fuego y no había nada que demostrara que, dentro del domicilio, contaran con más armas de fuego.
Por lo anterior, Irene del Refugio quedó absuelta de los cargos penales en su contra. José Luis y Juan Daniel, fueron vinculados a proceso por el delito de homicidio calificado en grado de tentativa. A su vez, junto con Tobías y Brayan Alexis, enfrentarán un nuevo proceso penal en los juzgados federales, debido a que el delito de posesión ilegal de armas de fuego es un delito federal, por lo que la Juez no está facultada para continuar el proceso penal en su contra.
Respecto al juicio de homicidio calificado en grado de tentativa, se determinó un plazo de investigación complementaria de dos meses para que José Luis G.R. y Juan Daniel O.A. enfrenten nuevamente a la justicia.


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