Aunque el juez penal validó el testimonio de la víctima para considerar penalmente responsable a Naomy Yamilé R. P. de abuso sexual agravado, destacó que para llegar a su veredicto empleó distintos lineamientos legales para juicios en los que se involucra a las infancias.
También sostuvo que había usado diversos casos ejemplares sucedidos a nivel internacional, tomados mayormente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Refirió que los niños y adolescentes legalmente tienen una condición especial en el Poder Judicial, ya que el Estado debe garantizar su pleno desarrollo y que en todo momento se vele por su dignidad humana, ante la situación de indefensión en la que se encuentra.
En consecuencia, explicó cómo parte central de su resolución, se encuentra el testimonio que el menor rindió en sede judicial, empleando los parámetros establecidos por el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren a niñas, niños y adolescentes.

En la declaración, el juez observó como el niño le dijo que “la maeta Naomy me hizo coco”, al mismo tiempo en el que se señalaba los glúteos, testimonio que era suficiente para demostrar la probable responsabilidad de la imputada.
El juez explicó que los delitos sexuales suelen presentarse en entornos de secrecía, sin testigos y de manera oculta, por lo que el testimonio de la víctima directa es esencial para conocer lo que sucedió realmente.
Además, aseguró que el niño fue claro en identificar a la imputada y en describir, en su propio lenguaje, como sucedieron los hechos de los que fue víctima.
Manifestó que los testimonios de las psicólogas de la Fiscalía Especializada de la Mujer (FEM) podían constatar el daño psicológico causado, de acuerdo a diversos indicadores, por ser víctima de abuso sexual.
En este tenor, y cuando el reloj marcaba las 5:15 de la tarde del martes pasado, dictó un fallo condenatorio en contra de Naomy Yamilé por el delito de abuso sexual agravado, cometido al interior de la guardería Techo Comunitario.
Aquellas palabras generaron un gran impactó en la sala; en la mesa del Ministerio Público, un sollozo de la madre cargado de lágrimas terminó en un abrazo con la asesora jurídica.
Del otro lado, el rostro tranquilo de Naomy Yamilé contrastaba con el de su familia, quienes incrédulos, no podían dar crédito a la decisión que acababa de tomar el juez en este caso.
Con alegría y alivio de un lado, con frustración del otro, las partes terminaron la audiencia solicitando únicamente copias del audio y video de la audiencia de este día.
Afuera de las salas vacías de Ciudad Judicial, el shock provocado se movió hacia los pasillos del lugar. No hubo palabras, pero en los rostros se podía notar la mezcla de emociones.

En los familiares de Naomy fue notoria la tristeza y frustración de enfrentarse a una situación adversa, a vivir esa derrota judicial que tanto querían evitar, pero que terminó por llegar.
En cambio, en los rostros de la madre y asesoras se notaba la satisfacción de por fin haber conseguido el objetivo, lograr que escucharán el testimonio de sus niños, emoción que a cambio, exigió algunas cuantas lágrimas que les enjuagaron el rostro y que pintaron sus mejillas ligeramente de color rojo.
No hay palabras de ninguna de las partes, solo emociones a flor de piel que no encuentran la forma de expresarse, la asesora jurídica de las víctimas, solamente alcanza a decir antes de partir del lugar “estamos muy felices, felices por el fallo”.
El próximo martes 9 de diciembre, regresarán a Ciudad Judicial para que se lleve a cabo la audiencia de individualización de sanciones en las que se determinará la pena que la imputada podría enfrentar en la cárcel.
Para las víctimas, la cuarta fue la vencida
El juicio oral 333/24, en el que se encontró responsable a la imputada, es el cuarto que se realiza con relación a la guardería Techo Comunitario, hay menos personas en la sala.
Cómo en cada una de las audiencias que han transcurrido a lo largo de las últimas semanas, así como en el resto de los procesos penales, los padres de Naomy estuvieron presentes en la sala donde se definió el futuro legal de su hija.
De igual manera, están dos mujeres, madres de niños víctima, que acompañan a la madre del infante centro del proceso.

Fue a las 12 del mediodía del pasado miércoles 3 de diciembre, en la sala 4 de Apelaciones de Ciudad Judicial, cuando inició la audiencia de alegatos de clausura para que las partes ejercieran su última oportunidad de demostrar su teoría del caso ante el juez.
La representante de la FEM empezó sus alegatos señalando que se había demostrado, a lo largo del juicio, la responsabilidad de la imputada, tomando en cuenta principalmente los testimonios de los padres, así como de la víctima, que al momento de los hechos tenía 1 año y 11 meses de edad.
Señaló que los peritajes en Psicología fueron claros en indicar los daños psicológicos que había sufrido el niño durante su desarrollo, consecuencia del abuso cometido.
También enfatizó en qué los padres tenían la certeza que se había cometido al interior de la guardería, ya que su hijo había comenzado a presentar síntomas cuando era cuidado en este lugar.
Además, luego de que vieron una nota periodística en la que se indicaba que Naomy había sido arrestada por presuntos casos de abuso, le mostraron la foto a su hijo, quien la reconoció como su “maeta que le hacía coco”.
Posteriormente, en su declaración ante el juez, la Ministerio Público remarcó que el niño relató de manera clara como Naomy Yamilé le había hecho tocamientos “que no le gustaban”.
Si bien, reconoció que los padres de familia cometieron un error desde el principio del proceso penal, ya que se equivocaron al mencionar la fecha en la que el niño había sido inscrito en la guardería, puntualizó en que la confusión no restaba valor a la acusación, ya que estaba dentro del tiempo establecido en la imputación por parte de la FEM.

En el turno de la asesora jurídica, hizo hincapié en qué se había demostrado la responsabilidad de la imputada, quien habría trabajado en la guardería y que tenía acceso directo a los niños que eran cuidados en su interior.
Puntualizó en que, aunque tenía un horario escolar y que sus actividades hacían que cuidara a los niños de distintas áreas, se demostró que pudo haber tenido acceso a su víctima.
“No es un invento, la madre acudió a la Fiscalía por instrucción de la guardería, el niño tiene indicativos de abuso sexual” comentó.
Por lo anterior, y acompañadas de la madre, solicitaron al juez que dictara un fallo condenatorio contra la imputada.
Defensa argumentó irregularidades en el proceso
La defensa, compuesta por integrantes de la Asociación de Abogados Penalistas, empezó su argumento diciendo que este es el cuarto juicio en el que la FEM intentaba demostrar la culpabilidad de su cliente en casos de abuso relacionados con la guardería Techo Comunitario, fallando en las anteriores tres ocasiones.
Afirmaron que, desde el comienzo del juicio, hubo una violación en el debido proceso ya que la imputación tan amplia de la FEM, en la que se mencionó que los hechos habrían ocurrido entre agosto de 2021 y julio de 2023, no permitía que se realizará una defensa eficiente, ya que impidió la realización de un contra interrogatorio adecuado.
Durante el juicio, dijeron, compareció una psicóloga de la FEM, misma a la que se le habían iniciado carpetas de investigación por su probable comisión del delito de falsedad ante una autoridad judicial, al momento de que había comparecido ante un juez en procesos anteriores.
Puntualizaron qué, en la realización de los exámenes médicos y psicológicos, el nombre de Naomy Yamilé no se menciona de manera directa hasta la última revisión, realizada en 2024.
Además, cuestionaron los testimonios de los padres de familia al resaltar que había una serie de inconsistencias, que van desde que no coincidían en la fecha cuando comenzaron los síntomas de abuso en contra del niño, hasta la manera en la que supuestamente habían reconocido a la acusada por medio de una nota periodística, misma en la que aparecía con los ojos tapados.

Resaltaron que la FEM había fallado, de manera grave, en determinar el modo, tiempo y forma, la manera en la que supuestamente Naomy había cometido el delito que se le acusa en contra.
Aseveraron que, en el caso de su defendida, la carga probatoria no rompía con la presunción de inocencia de su defendida, por lo que pidió que se otorgara un cuarto fallo absolutorio en su favor.
Cuando el reloj marcó la 1 de la tarde, el juez determinó que había concluido el debate de alegatos de clausura, por lo que estaba en condiciones para resolver la situación legal de la imputada.
Sin embargo, dado a que tenía diversos compromisos en otros procesos penales, el dramatismo de su decisión se extendió hasta las 5 de la tarde, cuando se reanudó la audiencia en la sala número 8 de Ciudad Judicial, donde finalmente determinó la responsabilidad de la acusada.
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