A partir de este domingo, las penalidades contra personas que trabajen en el sector público que incurran en un acto que sea o parezca amenaza, se las verán más difíciles con la justicia.
El Periódico Oficial del Estado publicó este sábado la reforma al Artículo 204 del Código Penal, el cual se refiere específicamente al delito de amenazas.
En su texto previo a la reforma publicada el sábado, el código establece que quien comete esa falta o quien amenace a otro con causarle un mal en su persona, bienes, honor o derechos, o en la persona, honor, bienes o derechos de alguien con quien esté ligado por algún vínculo, será sancionado.
A quien profiera ese tipo de amenazas, se le impondrá de seis meses a cinco años de prisión y de noventa a trescientos sesenta días multa.
Sin embargo, si las amenazas son dirigidas a personas menores de dieciocho años o a personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, se les agregarían dos terceras partes de la penalidad.
Es decir, que si la sentencia era por 5 años, si entra en los supuestos antes mencionados, se le incrementaría con 3 años y 3 meses más.
Con la reforma aprobada por el Congreso del Estado, y que entrará en vigor mañana, domingo 2 de febrero, el aumento de la pena se le aplicará también a funcionarias o funcionarios públicos que incurran en ese delito.
La amenaza es uno de los delitos de mayor incidencia en el estado de Chihuahua, según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En el 2024, se registraron 3 mil 864 casos de ese tipo penal, según la dependencia antes citada, cantidad que podría incrementarse tras la puesta en vigor de la reforma que agrava el castigo a quien lo cometa desde la función pública.
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