Es lunes 6 de enero de 2025, los estragos de la Segunda Tormenta Invernal de la temporada comienzan a notarse, el frío ya se siente en el cuerpo y el cielo está ligeramente grisáceo por las nubes que hay en el ambiente, mismas que coinciden con la tristeza y el dolor que se desprenden de esta historia.
En la sala 1 de los Juzgados Federales de esta frontera, el juez de Control, José Avelino Orozco Córdova, se presenta para dar inicio formal a la continuación de la audiencia de vinculación o no a proceso penal en contra de Carlos Arichuna S.M., de origen venezolano y David Josué U., nacido en Colombia, acusados de asesinar al agente del Instituto Nacional de Migración, Luis Alberto Olivas, en hechos acontecidos la tarde del 30 de diciembre de 2024.
El juez de Control, aclara que, si bien el delito de homicidio calificado no es de orden federal, al tratarse de un servidor público federal que fue privado de la vida mientras realizaba sus funciones, ese tribunal es competente para conocer el asunto que trae a los comparacientes.
Al inicio de la audiencia, se dio la oportunidad a la defensa de los imputados de presentar pruebas en su favor, para lo cual llamaron a un defensor público federal, encargado de realizar la inspección de un video publicado en YouTube en el canal del “Canal 44” que se titula “Presentó SSPE a 2 venezolanos por crimen”.
En dicho video, según el testigo, se observan presuntos actos de maltrato cometidos por los agentes de Seguridad Pública que realizaron el arresto. La presentación de esas pruebas, dieron pie a un cuestionario ríspido e incómodo por parte del Ministerio Público, quien por espacio de poco más de una hora, intentó demostrar la invalidez de las mismas. Finalmente lo consiguió, debido a que dichas pruebas fueron desechadas por el juez de Control.
Después de ese momento, la audiencia entró en un receso de 15 minutos, en el que las partes tuvieron la oportunidad de preparar sus alegatos finales. Por parte del Ministerio Público, se reafirmó el auto de vinculación a proceso en contra de los imputados, debido a que las pruebas presentadas los acreditaban como probables responsables del delito de homicidio calificado.
Por su parte, los defensores expusieron una serie de inconsistencias entre los informes policiales presentados por las autoridades de Seguridad Pública y la acusación hecha por el Ministerio Público, alegatos que fueron desechados por el juez, debido a que no presentaban evidencia suficiente que pudiera demostrar las irregularidades cometidas por el personal de la Fiscalía General de la República.
Para el juzgador, no hay contradicciones ni lagunas en el relato que presentó la FGR, debido a que, tomando en cuenta que, en esta parte del proceso, únicamente basta con demostrar la probable responsabilidad de los imputados, no había ninguna prueba que señalara lo contrario.
Los brutales hechos
Según lo presentado por el Ministerio Público, esta tragedia sucedió entre las 11:30 y las 14:20 horas del 30 de diciembre de 2024, en un cerro ubicado a 1.7 kilómetros de las vías del tren, cerca del puesto militar de inspección fronteriza de Precos, cercano a Samalayuca.
Luis Alberto Olivas, víctima fatal de este suceso, en compañía de dos sus compañeros, agentes de Migración identificados como “Carlos David” e “Ismael”, se encontraban patrullando en la zona.
A las 11:30, se percatan de dos migrantes que iban a bordo del tren y que al ser observados, comenzaron a huir en dirección hacia un cerro cercano. Los agentes los persiguen atravesando por el difícil terreno del desierto chihuahuense.
De acuerdo con los testimonios, los agentes habían hecho una estrategia para dar alcance a los migrantes; Carlos David fue por en medio del cerro, Ismael por arriba y Luis Alberto por abajo. Durante la persecución, de poco más de una hora y media, Luis Alberto logró tener contacto con ellos.
Carlos David, relató que alcanzó a ver como su compañero se acercaba a los migrantes, quienes en algún punto comenzaron a lanzarle piedras. Como pudo, Luis Alberto esquivó las pedradas, acercándose cada vez más.
Sin embargo, este solo sería el inicio de su trágico desenlace. Ismael, narró como los dos migrantes forcejearon con Luis Alberto, para posteriormente derribarlo y, una vez en el suelo, lo patearon hasta que finalmente, el hombre que posteriormente se identificó como David Josué, que vestía una chamarra oscura con un chaleco café, utilizó una piedra grande y golpeó con toda su fuerza el cráneo de Luis Alberto, provocándole la muerte de manera instantánea.
Carlos David, que era el más cercano, aproximadamente a 20 metros, se acercó a ver el estado de su compañero, pero ya era demasiado tarde; su cuerpo no solo recibió un impacto letal en el cráneo, sino que también cayó cerró abajo alrededor de 5 metros.
Ismael continúo en la persecución de los presuntos asesinos, mientras que Carlos pidió ayuda a los servicios de emergencia. Alrededor de las 13:00 horas, reportó el hallazgo de su compañero que ya no presentaba signos vitales.
Los agentes estatales del equipo SWAT se presentaron en la escena alrededor de las 2:00 de la tarde, dirigidos por Ismael, llegaron hasta un punto cercano en el que vieron a los migrantes escondidos; “justo detrás de unos peñascos”, dice la declaración rendida por el agente de migración en el informe policial homologado.
Después de emplear el uso de un dron táctico, los policías estatales lograron detener a los dos migrantes alrededor de las 16:00 horas. Mientras eso sucedía, personal de Criminalística y Servicios Periciales levantaron el cuerpo de quien en vida respondió al nombre de Luis Alberto Olivas, que acababa de ser condecorado por el Instituto Nacional de Migración por haber cumplido con 30 años de servicio.
Antes de dar su veredicto, el juez advirtió que realizaría una reclasificación del delito, debido a los antecedentes presentados por el Ministerio Público; y es que, dentro de la clasificación del delito de homicidio, se contempla el agravante de premeditación, entre los cuales se incluye que se dará por acreditado el delito, cuando quien lo realice, utilice “brutal ferocidad” .
A criterio del juzgador, quienes hoy se encontraban en la sala totalmente vestidos de gris, no solo son probables responsables de haberle quitado la vida al agente de migración, sino de demostrar un total “desprecio de la vida humana de la persona”.
“No existía ningún motivo, ya lo habían vencido y aun así, decidieron privarlo de la vida”, mencionó el juez, mientras lanzó una enérgica mirada hacia los dos imputados.
Por lo anteriormente expuesto, fue que determinó vincular a proceso penal a Carlos Arichuna S.M. y David Josué U. por el delito de homicidio calificado, con agravante de premeditación y ventaja, en modalidad de coautoría.
Ambos hombres pasarán su proceso penal bajo la pena de prisión preventiva y se les estableció un plazo de 3 meses en los que la defensa y la FGR tendrán que concluir sus investigaciones complementarias.
El próximo 1 de abril de 2025, Carlos y David volverán a enfrentarse a la justica para dar seguimiento con el juicio que se llevará en su contra.
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